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Pico y placa Bucaramanga: esta será la restricción del 25 al 30 de agosto

Desde el 1 de julio rige la nueva rotación del Pico y Placa en Bucaramanga, según la Resolución 790 de 2024, con horarios y días de restricción vigentes.

Publicado:
Actualizado:
Domingo, Agosto 24, 2025 - 15:13
Pico y placa Bucaramanga
Nueva rotación del Pico y Placa en Bucaramanga según Resolución 790 de 2024.
Secretaría de Tránsito de Bucaramanga

Desde el 1 de julio comenzó a regir una nueva rotación del Pico y Placa en Bucaramanga, conforme a la Resolución 790 de 2024 de la Dirección de Tránsito Municipal. La medida regula la circulación vehicular en la ciudad.

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Pico y Placa tercer trimestre 2025

Según la Resolución 790 de 2024, se mantienen los horarios y días de restricción. La rotación es:

  • Lunes: placas terminadas en 5 y 6
  • Martes: placas terminadas en 7 y 8
  • Miércoles: placas terminadas en 9 y 0
  • Jueves: placas terminadas en 1 y 2
  • Viernes: placas terminadas en 3 y 4

Los horarios en los que aplica la restricción son de 6:00 a.m. a 8:00 p.m. Durante esa franja horaria, los vehículos con las placas anteriormente mencionadas no podrán circular durante los días señalados.

Por otra parte, la restricción para los sábados aplica de la siguiente manera:

  • sábado 2 de agosto y 6 de septiembre: 1 y 2
  • sábado 5 de julio, 9 de agosto y 13 de septiembre: 3 y 4
  • sábado 12 de julio, 16 de agosto y 20 de septiembre: 5 y 6
  • sábado 19 de julio, 23 de agosto y 27 de septiembre: 7 y 8
  • sábado 26 de julio y 30 de agosto: 9 y 0

Por lo tanto, el próximo sábado 30 de agosto no podrán circular los vehículos terminados en 9 y 0. El horario de restricción durante este día es de 9:00 a.m. a 1:00 p.m.

Vehículos exentos

Podrán circular sin autorización especial:

  • Vehículos de servicios funerarios
  • Automóviles de miembros del gabinete municipal y departamental
  • Vehículos eléctricos matriculados
  • Transporte público de pasajeros
  • Vehículos oficiales, de emergencia u operativos (incluye caravanas presidenciales, bomberos, Cruz Roja, Defensa Civil y recolección de residuos)
  • Automotores de la Fuerza Pública
  • Vehículos de servicios públicos y mantenimiento de redes
  • Vehículos utilizados por medios de comunicación

El incumplimiento genera una multa de 15 salarios mínimos diarios (más de 700.000 pesos) y la inmovilización del vehículo, según el Código Nacional de Tránsito.

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Funcionamiento anterior

La modalidad previa restringía la circulación por los dos últimos dígitos de la placa, de lunes a viernes. Los sábados aplicaba la rotación del día anterior. Durante el segundo trimestre de 2025, la distribución fue:

  • Lunes: placas terminadas en 7 y 8
  • Martes: placas terminadas en 9 y 0
  • Miércoles: placas terminadas en 1 y 2
  • Jueves: placas terminadas en 3 y 4
  • Viernes: placas terminadas en 5 y 6

Los horarios fueron de 6:00 a. m. a 8:00 p. m. para vehículos particulares de lunes a viernes, y de 9:00 a. m. a 1:00 p. m. los sábados. Para taxis, la restricción aplicó de 7:00 a. m. a 9:00 p. m.

Fuente:
Sistema Integrado Digital