Llamado de atención a gobernadores por adelantar consultas populares sobre minería

De acuerdo a la Procuraduría General, al adelantarse tales consultas podrían incurrir en extralimitación de funciones.
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Crédito: La FM

La Procuraduría presentó al registrador Nacional del Estado Civil, Juan Carlos Galindo, las observaciones hechas en el marco del acompañamiento realizado a los municipios que adelantan consultas populares para prohibir actividades extractivas de recursos naturales no renovables en sus territorios, e indicó el grave riesgo que corren los derechos económicos y sociales como consecuencia de esta pretensión de los entes territoriales.

En la misiva, el Ministerio Público llama la atención sobre la posibilidad de que funcionarios del orden territorial violen normas que eventualmente los lleven a incurrir en extralimitación de funciones, ya que según el ordenamiento jurídico, solamente el presidente de la República, como jefe de Estado, sería competente para convocar una consulta popular que involucre el aprovechamiento de los recursos naturales no renovables.

“Resulta claro que la competencia para fijar el procedimiento de participación ciudadana radica en cabeza del Gobierno Nacional a través, según sea el caso, de la Agencia Nacional de Minería (ANM) o la Agencia Nacional de Hidrocarburos (ANH) y no de los entes territoriales, los cuales mucho menos, serían competentes para convocar y adelantar una consulta popular”, agregó.

En este sentido, explicó que como lo dispone la Ley 134 de 1994 sobre mecanismos de participación popular, los gobernadores y alcaldes sí pueden convocar consultas para que el pueblo decida sobre asuntos departamentales, municipales, distritales o locales, dentro del ámbito de sus competencias.

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