Enfrentamiento entre Corte y Consejo de Estado por demanda que dio vía a acuerdos de paz

El Consejo de Estado dice que es su competencia estudiar la demanda.
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El Consejo de Estado decidió no atender la invitación de la Corte Constitucional para dar su opinión frente a la demanda que presentó el exfiscal General Eduardo Montealegre.

Según el magistrado Danilo Rojas, presidente del Consejo de Estado, la demanda debe ser estudiada por ellos y no por la Corte Constitucional puesto que es un acto administrativo que debe ser resuelto por la corporación que él preside.

“Esta es una resolución que formalmente es un acto administrativo que en este caso incorpora el acuerdo general. Al ser un acto administrativo el Consejo de Estado es competente para conocer de los mismo”, señaló Rojas.

El magistrado señaló que este caso es un claro conflicto de competencias y que sus argumentos para declarar apto al Consejo de Estado para conocer la anulación de esta resolución se sustenta en que el artículo 241 de la constitución establece que la Corte Constitucional tiene una competencia taxativa y lo que no aparezca en dicho artículo, en consecuencia es competencia del Consejo de Estado.

Rojas añadió que de presentarse formalmente un conflicto de competencia entre las Cortes, lo tendría que resolver la sala disciplinaria del consejo Superior de la Judicatura.

En ese sentido señaló que será la sección primera del Consejo de Estado quien defina si se plantea el conflicto de competencias y así establecer cuál de las dos cortes debe estudiar la demanda.


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