“La decisión final es del presidente, pero hay obligaciones internacionales”: Corte Suprema alerta por posible incumplimiento en proceso de paz

El ente acusador indicó que acompañará el proceso y facilitará el traslado de los cabecillas hacia las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT) .
La Delegación de Gobierno anunció que acata las directrices impartidas por el presidente Gustavo Petro en relación con el proceso de Paz Urbana
La Delegación de Gobierno anunció que acata las directrices impartidas por el presidente Gustavo Petro en relación con el proceso de Paz Urbana Crédito: La FM

La Fiscalía General de la Nación tomó una decisión que impacta el avance de la política de ‘Paz Total’, con la que el Gobierno busca adelantar negociaciones con distintos grupos armados. La fiscal Luz Adriana Camargo resolvió no suspender las órdenes de captura contra 29 integrantes del Clan del Golfo que participan en diálogos con el Ejecutivo.

El ente acusador indicó que acompañará el proceso y facilitará el traslado de los cabecillas hacia las Zonas de Ubicación Temporal (ZUT) —espacios definidos para la concentración de miembros de estructuras armadas en el marco de acercamientos con el Estado—. Sin embargo, precisó que las órdenes de detención se mantendrán vigentes, al menos hasta el 25 de junio.

En este contexto, el magistrado Carlos Roberto Solórzano, presidente de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, explicó en entrevista con La FM el alcance del pronunciamiento del alto tribunal sobre la suspensión de órdenes de captura dentro del proceso con el Ejército Gaitanista de Colombia, así como su relación con los compromisos internacionales del Estado colombiano.

¿Qué dijo la Corte Suprema sobre la suspensión de órdenes de captura?

Solórzano señaló que la situación se origina tras la expedición de la resolución 120 del 29 de abril de 2026, emitida por el comisionado de paz, relacionada con el traslado de integrantes del grupo armado a zonas de ubicación temporal. Según indicó, dicha resolución fue comunicada a la Fiscalía con un contenido que “casi tiene el contenido como si fuera una orden” para garantizar condiciones jurídicas.

El magistrado explicó que la Fiscalía planteó la necesidad de realizar verificaciones previas antes de adoptar decisiones. En ese sentido, afirmó que “no puede en ese punto establecer unas condiciones jurídicas si eso no está establecido”, especialmente en lo relacionado con el avance del proceso de paz.

Solórzano indicó que dentro de la lista de personas incluidas se encuentra alias “Chiquito Malo”, quien cuenta con un concepto favorable de extradición emitido previamente por la Sala de Casación Penal. “Existen unas obligaciones internacionales que se tienen que cumplir”, señaló, al referirse a los compromisos del Estado colombiano.

En ese contexto, explicó que la suspensión de órdenes de captura resulta un asunto complejo, dado que se cruzan decisiones del proceso de paz con compromisos derivados de la cooperación judicial internacional. “Hay unos compromisos internacionales dentro del marco de cooperación judicial que el Estado colombiano tiene la obligación de cumplir”, reiteró.

¿Puede el Gobierno suspender capturas sin afectar compromisos internacionales?

Frente a la posibilidad de que el Gobierno solicite la suspensión de órdenes de captura, el magistrado indicó que la principal preocupación radica en el cumplimiento de los compromisos internacionales. “Hay unos compromisos internacionales que se tienen que cumplir”, insistió durante la entrevista.

Explicó que el proceso de extradición tiene un componente jurisdiccional y otro administrativo. La Sala de Casación Penal emite conceptos, y cuando estos son favorables, la decisión final corresponde al presidente de la República. “Ya queda en el resorte del presidente entregar a las personas en extradición”, afirmó.

Solórzano detalló que, si el concepto de la Corte es negativo, no procede la extradición, mientras que, si es favorable, se activa la facultad del Ejecutivo para decidir. No obstante, subrayó que estas decisiones deben considerar los tratados internacionales o las normas del Código de Procedimiento Penal, según corresponda.

En relación con el funcionamiento institucional, el magistrado señaló que la Corte ha mantenido su labor en el estudio de los casos. Indicó que “la Sala de Casación Penal está haciendo un trabajo muy responsable”, evaluando cada situación de manera individual.

También explicó que el relacionamiento con el Gobierno se ha dado principalmente a través de entidades como la Cancillería y el Ministerio de Justicia, encargadas de suministrar documentación necesaria para los procesos de extradición. “La Corte está cumpliendo su función tal como le corresponde”, afirmó.

Así mismo, reiteró que el análisis de estos casos se realiza bajo el cumplimiento de las obligaciones legales e internacionales. “Estamos estudiando caso por caso y dándole cumplimiento a las obligaciones”, concluyó el presidente de la Sala Penal.


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