Conozca la ley que limita conductas dentro de su vivienda en conjuntos residenciales, aunque sea dueño
Las personas que habiten en edificios o conjuntos residenciales tienen la responsabilidad de conocer y cumplir el reglamento para evitar sanciones.

En Colombia existen disposiciones legales para residir en conjuntos residenciales o edificios. Específicamente, la ley 675 de 2001, más conocida como la ley de propiedad horizontal, regula el comportamiento de los habitantes de estos espacios.
Sin embargo, la ley mencionada no es la única habilitada, puesto que el Código de Policía también establece normativas de comportamiento en espacios de habitabilidad.
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Algunas acciones que no están permitidas en la vivienda por ley
Muchos de los problemas entre vecinos se generan por el alto volumen con el que se suele escuchar música o diferencias que los llevan a discutir, como fumar en estos espacios comunes dentro de conjuntos residenciales.
Para muchos ciudadanos, el humo que genera el cigarrillo es incómodo, así como arriesgado para la salud. Según La Sociedad Americana de Cáncer, ACS por sus siglas en inglés, las personas que lo respiran, suelen enfermarse más a menudo de bronquitis o neumonía, y tienen más probabilidades de sufrir cáncer en los pulmones.
Por lo anterior, la ley 1335 de 2009, conocida como ley antitabaco, que busca, según indica su primer artículo: "contribuir a garantizar los derechos de salud de los habitantes" , advierte que los conjuntos residenciales o de apartamentos, pueden establecer la acción de fumar como una acción prohibida.
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Lugares prohibidos para fumar
Muchas personas deciden fumar en las puertas o balcones de sus hogares, así como en los parqueaderos o en los parques internos de los conjuntos residenciales, algo que no está permitido, por las afectaciones que pueden generar en terceros.
El artículo 19 de la ley citada, regula que en los siguientes espacios no se debe fumar: "En las áreas cerradas de los lugares de trabajo y/o de lugares públicos, como: bares, restaurantes, centros comerciales, tiendas, ferias, festivales, parques, estadios, cafeterías, discotecas, cibercafés, hoteles, pubs, casinos, zonas comunales y áreas de espera".
En este último apartado entran todos los espacios como parqueaderos, pasillos y áreas de uso común en conjuntos residenciales.

Si bien es cierto que fumar en espacios prohibidos no existe una sanción económica, por lo que las autoridades sí pueden imponer su potestad, llamando la atención de los infractores e indicándoles que apaguen el objeto o se retiren a un espacio en el que sí puedan fumar.
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Ley 2450 de 2025, o Ley contra el ruido
Con el fin de controlar la contaminación auditiva, el Congreso de Colombia validó la ley 2450 de 2025, en la que se establece que los colombianos deben reducir el volumen que emiten sus dispositivos electrónicos. Y aunque no se establece una prohibición, sí existen horarios específicos para evitar molestias con otras personas.
Durante la noche, por ejemplo, el ruido excesivo debe reducirse hasta los 45 decibeles, entre las 10:00 p.m. hasta las 6:00 a.m. En el día, entre las 6:00 a.m. y las 10:00 p.m. el ruido podrá elevarse hasta los 65 decibeles.
