Comienza a regir medida de 'ley seca' en toda Colombia por elecciones

Desde las 6:00 p.m. está prohibida le venta de licor en el país.
Aún no se sabe con certeza la causa de la muerte de varios jóvenes.
Aún no se sabe con certeza la causa de la muerte de varios jóvenes. Crédito: Colprensa

Desde las 6:00 de la tarde se inició la aplicación del decreto con la serie de medidas para garantizar el orden público durante las elecciones locales y regionales de este domingo en todo el país.

La medida que empezó a regir desde las 6:00 p.m. es la 'ley seca', que prohíbe la venta y consumo de licor horas antes, durante y después de los comicios.

Esta disposición, que empezó a regir sábado, irá hasta el próximo lunes a las 6:00 de la mañana.

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Los alcaldes deberán prohibir y restringir la venta y consumo de bebidas embriagantes, con el fin de mantener o restablecer el orden público, desde las seis de la tarde (6:00 p.m.) del día sábado 26 de octubre de 2019 hasta las seis de la mañana (6:00 a.m.) del día lunes 28 de octubre de 2019, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 206 del Código Electoral”, señala el decreto.

Las autoridades anunciaron que habrá sanciones, que pueden llegar a capturas y cierres, para las personas y establecimientos que violen esta norma establecida para el normal desarrollo del proceso electoral.

Las infracciones a lo dispuesto en este artículo, serán objeto de medidas correctivas por los alcaldes e inspectores de policía y comandantes de estación, subestación o centro de atención inmediata de la Policía Nacional, de acuerdo con lo previsto en el Código Nacional de Policía y Convivencia”, advierte el decreto.

Igualmente, la medida facultó a los mandatarios locales y departamentales para establecer toque de queda en algunas regiones del país, dependiendo de las condiciones de orden público de las mismas.

Se plantea además garantías de transporte para que los ciudadanos puedan desplazarse a los sitios de votación. “Los sistemas masivos de transporte y las empresas de transporte público que tengan rutas y frecuencias u horarios autorizados en las áreas urbanas, veredales e intermunicipales, están obligadas a prestar servicio público de transporte con mínimo el ochenta por ciento (80%) de su parque automotor en el día de elecciones durante las horas de votación”, indica.

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El decreto además recordó que está prohibido el uso de celulares y cámaras en los puestos de votación, elementos que no podrán ser utilizados durante la jornada que va desde las 8:00 de la mañana hasta las 4:00 de la tarde.

Además, se ordenó a los mandatario locales y departamentales regular la publicidad y la propaganda en espacios públicos aledaños o cercanos a los puestos de votación, conforme a lo ya establecido en esta materia por parte del Consejo Nacional Electoral.


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