Colombia recupera un puente festivo que no se celebraba desde hace 10 años
El calendario laboral de 2025 traerá novedades para los trabajadores, con cambios en los días festivos que impactarán el cierre de año.

Los puentes festivos significan para millones de colombianos una pausa en sus rutinas laborales o de estudio. Son utilizados para viajar o descansar en casa, ya que son festivos que se suman a un fin de semana.
Gracias a la Ley 51 de 1983, conocida como “Ley Emiliani”, algunos días festivos en Colombia se trasladan al lunes siguiente, con el propósito de unirlos al fin de semana y fomentar el turismo en el país. De esta manera, se crean los denominados puentes festivos en Colombia.
No obstante, la ley establece excepciones a ciertas fechas debido a su carácter histórico o religioso. Algunas de ellas son:
7 de agosto (Batalla de Boyacá)
8 de diciembre (Inmaculada Concepción)
25 de diciembre (Navidad)
1 de enero (Año Nuevo)

Gracias a esta disposición de la Ley Emiliani, los colombianos no podrán disfrutar de dos queridos puentes durante las fiestas de fin de año: el del 25 de diciembre y el del 1.º de enero, pues ambos días caen en jueves y no pueden trasladarse al lunes siguiente. Pero, para consuelo de muchos, diciembre sí traerá un puente festivo inédito, que no se veía hace diez años.
Este es el puente festivo que tendrá diciembre y que no se veía hace diez años
En diciembre de 2025, los colombianos podrán disfrutar del puente festivo del 8 de diciembre (Día de la Inmaculada Concepción), en el que se suele celebrar el tradicional Día de las Velitas. Este puente festivo no se veía en el país desde 2014.
Ese fin de semana se extenderá desde el sábado 6 de diciembre hasta el lunes 8, generando un fin de semana largo para que los colombianos descansen junto con sus familias o seres queridos.
¿Qué es el Día de las Velitas?
La festividad comenzará, como es tradición, en la noche del domingo 7 de diciembre, víspera del feriado, con la celebración del Día de las Velitas. Esto permite que el encendido de velas y faroles, que marca el inicio de la temporada navideña, se una directamente con el día de descanso del lunes.

¿Qué dice la ley si debo trabajar el lunes 8 de diciembre de 2025?
Según lo estipulado en el Código Sustantivo del Trabajo, el 8 de diciembre es un día de descanso obligatorio remunerado. Los empleados que, por la naturaleza de su labor, deban trabajar en esta jornada tienen derecho a recibir una compensación económica adicional por su servicio.
La compensación por trabajar en un día festivo ha sido ajustada por la reforma laboral (Ley 2466 de 2024) y aumentará de forma progresiva en los próximos años. El sistema de recargos se aplicará de la siguiente manera:
• 2025: El recargo será del 80 % sobre el valor de la hora ordinaria.
• 2026: El recargo aumentará al 90 %.
• 2027: El recargo alcanzará el 100 %, duplicando el valor de la hora ordinaria.
Este incremento progresivo fortalece los derechos laborales y mejora significativamente la compensación para quienes trabajen en días festivos en los próximos años.