¿Puede el Gobierno convocar una asamblea constituyente, a siete meses de las elecciones presidenciales?
El primer mandatario indicó que recolectará firmas para llevar a cabo un proceso de proyecto que defina una nueva Constituyente.

El presidente Gustavo Petro indicó en redes sociales que reunirá firmas de colombianos con el fin de convocar el proceso de Constituyente, luego de que el Tribunal Superior de Bogotá absolviera al exmandatario Álvaro Uribe Vélez de sobornos y fraude procesal.
Según el primer presidente de izquierda en la historia del país, "el tribunal superior de Bogotá repite la historia, contradicen a la corte Suprema de justicia, y afirma que la interceptación que judicialmente hizo un magistrado de la corte Suprema a un delincuente, en donde aparece la voz de Uribe hablando de sobornos, es intimidad".
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Aunque indicó que este tipo de acciones tapaban la "gobernanza paramilitar" en Colombia, no es la única razón por la que convocaría al pueblo para iniciar un proceso constituyente, puesto que en uno de sus trinos, luego de que absolvieran a Uribe, mencionó al presidente Donald Trump, al que llamó "aliado" de políticos que subieron al poder con apoyo del paramilitarismo.
Petro mencionó que en su contra se llevaría un proceso para debilitarlo y dar un "golpe de Estado".
El tribunal superior de Bogotá repite la historia, contradicen a la corte Suprema de justicia, y afirma que la interceptación que judicialmente hizo un magistrado de la corte Suprema a un delincuente, en donde aparece la voz de Uribe hablando de sobornos, es intimidad.
Así se… https://t.co/2j3unJm2eL— Gustavo Petro (@petrogustavo) October 21, 2025
¿Puede el Gobierno convocar una asamblea constituyente, a siete meses de las elecciones presidenciales?
Según la Constitución Política colombiana, en cualquier momento se puede convocar Constituyente, pero sí o sí deberá pasar por aprobación en Cámara y Senado. El abogado Alejandro Cuartas indicó a La FM que no ve tan sencillo este proceso, dado que la legislatura en el congreso está a punto de cerrar, y podrían 'pupitrear' el proceso, puesto que muchos de los hoy senadores, se encuentran en campaña electoral.
Además, acuñó la ley quinta de 1992, en la que se establecen los tiempos en los que una propuesta de ley debe ser debatida para su aprobación o denegación. Por lo tanto, y tomando como ejemplo la Constituyente realizada en 1991, que duró cinco meses en funciones, el Gobierno Petro no tendría el tiempo suficiente para hacer el proceso completo en medio de su mandato, teniendo en cuenta que no tiene mayorías en el Senado.

¿Cómo se elegirían los delegados de la Constituyente según la propuesta del Gobierno?
Por lo anterior, convocó a los colombianos a movilizarse el viernes 24 de octubre para iniciar el proceso de Constituyente que ha mencionado, en no pocas veces, durante sus tres años de gobierno: "Así que ha llegado la hora de las definiciones y quien define no es Trump, es el pueblo. Los espero en la plaza de Bolívar de Bogotá este viernes para comenzar la recolección de las firmas del poder constituyente".
Pero este mecanismo, que implica un cambio en la Constitución política colombiana, inicia con una aprobación del Senado y de la Cámara de Representantes, aprobando una ley para "consultarle a la ciudadanía acerca de la convocatoria a una Asamblea Constituyente", de acuerdo con la Misión de Observación Electoral, MOE.
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Esta aprobación deberá tener el apoyo de la mayoría de los integrantes del Congreso de la República, definiendo la convocatoria en sí, pero dejando en claro los siguientes puntos:
- La convocatoria de la Asamblea Constituyente
- El número de integrantes de la Asamblea Constituyente
- El sistema de elección
- Los temas de la Asamblea Constituyente
- La fecha de su iniciación y su período
- Una vez aprobada la Ley deberá pasar a sanción presidencial
- El Presidente de la República remitirá para su revisión a la Corte Constitucional
Si el proyecto de ley avanza en Cámara y Senado, y es aprobada por los colombianos (una tercera parte de los integrantes del censo electoral deben votar afirmativamente. Es decir, se necesitarían, al menos, 12.988.505 votos por el Sí.) Colombia tendrá entre dos y seis meses para seleccionar a los integrantes de la asamblea que revisará y cambiará la Constitución. Estos integrantes serían elegidos por el pueblo en votaciones.
Una vez conformada la Asamblea se suspende la facultad ordinaria del Congreso para reformar la Constitución durante el término señalado.
Este grupo de personas seleccionadas deliberará y aprobará durante un tiempo estimado dentro de la propia ley, los temas de su competencia. En esta caso, es posible que la Asamblea convoque a la ciudadanía para que apruebe el nuevo texto o reformas constitucionales a través de un referendo.

¿Qué diferencias existen entre una Constituyente y una reforma constitucional?
La principal diferencia entre estos mecanismos que la Constituyente elige "desde cero" un grupo de personas para que cambien la carta magna de Colombia en determinados temas en una cantidad de tiempo definida. Mientras los delegados deliberan, lo que conocemos como Congreso de la República queda "congelado" y no podrá hacer parte de dicha deliberación.
Por su parte, en la reforma constitucional participan los congresistas que hagan parte del Senado y Cámara, elegidos por el pueblo mediante el sufragio, el Gobierno nacional, y el pueblo, mediante un referendo, en el que dirán si están de acuerdo o no. Este proceso está limitado por la propia Constitución Política de Colombia.
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Otra diferencia clara es el contexto en el que se desarrollan ambas: la Constituyente se considera cuando se prevén cambios radicales o cuando existe una crisis institucional, mientras que la reforma, además de estar definido por la Constitución, permite adaptarla a los cambios lógicos de una sociedad en un marco de continuidad.
La Constituyente propone un nuevo marco jurídico; es decir, puede cambiar toda la constitución, mientras que la reforma opera dentro de los principios de la vigente normatividad.