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Ojo, exceder los 50 kilómetros de velocidad en estas vías le podría salir caro

Existen cuatro corredores viales en donde ningún vehículo podrá exceder esta velocidad y así no enfrentarse a una multa de $580.000.

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Actualizado:
Domingo, Febrero 12, 2023 - 13:36
Conductor - Velocidad
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La Secretaría de Movilidad de Bogotá empezó a aplicar el pasado mes de noviembre, el límite máximo de velocidad en los cuatro corredores viales en los que se podía circular a 60 k/h, que son: la Autopista Norte, la Calle 26, la Carrera Séptima y Autopista Sur entre la carrera 74G y Soacha.

A la fecha, ningún vehículo podrá circular a una velocidad superior a los 50 kilómetros por hora en ninguna vía de la capital del país, con dicho anuncio, la entidad distrital completó el proceso que empezó en noviembre de 2018, cuando la medida se comenzó a aplicar en cinco corredores viales principales como la Carrera 68, la Avenida Boyacá, la Avenida Ciudad de Cali, la Calle 80 y la Avenida de las Américas.

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Posteriormente, y a través del Programa de Gestión de la Velocidad, la medida llegó a la Calle 13, la Avenida NQS, la Avenida Primero de Mayo, La Avenida Suba y la Avenida Villavicencio.

La alcaldesa de Bogotá, Claudia López, anunció en mayo de 2020, la decisión de implementar el límite máximo de velocidad en toda la ciudad en 50 km/h (con algunas excepciones para los 60 km/h), lo que se confirmó posteriormente con el Decreto Distrital 073, del 16 de marzo de 2021.

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Según el Distrito, las modelaciones les indicaron que esto permitiría salvar 268 vidas entre 2020 y 2023. Está decisión tuvo mayor respaldo con la aprobación de Ley 2251 o Ley Julián Esteban, cuyo propósito es reducir el número de siniestros viales adoptando ese límite de velocidad.

“A nivel mundial se ha demostrado que el exceso de velocidad es el principal factor de riesgo en la siniestralidad vial, ya que a mayor velocidad es mayor la probabilidad de una colisión, disminuye la capacidad de reacción y aumenta la distancia necesaria para detener totalmente el vehículo”, explicó la Secretaría de Movilidad sobre la implementación total.

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De acuerdo con la funcionaria, la gravedad de cualquier conducta de riesgo en la vía está directamente relacionada con la velocidad de circulación.

Cabe recordar, que si usted no acata dicha medida, se enfrentará a una multa de $580.000 pesos, y si el vehículo es de servicio escolar, el costo de esta infracción llegará a 1′160.000 pesos.

 

 

Fuente:
Sistema Integrado Digital