Bogotá: Vehículos que pueden transitar a una velocidad máxima de 60 km/h y dónde

El incumplimiento de las normas conlleva sanciones económicas.
Calles de Bogotá
Vehículos autorizados pueden circular a 60 kmh en Bogotá, según Secretaría de Movilidad. Crédito: Colprensa

Recientemente, las autoridades señalaron que existen excepciones puntuales en las que determinados vehículos pueden circular hasta 60 km/h. Anteriormente, el Ministerio de Transporte y la Secretaría Distrital de Movilidad explicaron que el límite general en Bogotá para vehículos particulares es de 50 km/h en vías urbanas, en concordancia con el Código Nacional de Tránsito y el Decreto 126 de 2020.

¿Qué vehículos pueden circular a 60 km/h en Bogotá?

De acuerdo con la Secretaría de Movilidad, únicamente los vehículos de servicio público, de carga y de transporte escolar tienen autorización para alcanzar los 60 km/h en vías específicas y debidamente señalizadas. En el caso del transporte público masivo, como TransMilenio, se confirmó que el límite permitido es de 60 km/h en carriles de uso exclusivo.

“Este límite aplica en corredores como la Calle 26, la Autopista Norte, la Carrera Séptima entre calles 93 y 95, y la Autopista Sur, desde la carrera 74G hasta Soacha”, puntualizó la entidad. Para el resto de vehículos se mantiene el máximo de 50 km/h en toda la capital.

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¿Cuáles son los límites en zonas escolares y residenciales?

En sectores con mayor riesgo, el límite debe reducirse a 30 km/h. Según el Distrito, esta restricción opera en zonas escolares, residenciales, intersecciones, lugares con visibilidad reducida o áreas con alta presencia de peatones y ciclistas. “La reducción de velocidad en estas áreas busca proteger la vida de los usuarios más vulnerables en la vía”, indicó la Secretaría de Movilidad.

¿Qué sanciones se aplican por exceso de velocidad?

El incumplimiento de las normas conlleva sanciones económicas. La autoridad de tránsito recordó que la multa por no disminuir la velocidad a 30 km/h en zonas señalizadas o por exceder el límite urbano es de 15 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalentes a $711.750 en 2025.

En el caso del transporte escolar, superar el límite de 60 km/h acarrea sanciones de 30 salarios mínimos diarios legales vigentes, equivalentes a $1.423.500 en 2025.

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“La velocidad es un factor determinante en la gravedad de los siniestros viales”, reiteró la Secretaría, al destacar que el objetivo de estas medidas es “salvar vidas y reducir la siniestralidad”. Según la Agencia Nacional de Seguridad Vial, aumentar la velocidad de 50 a 60 km/h solo ahorra 12 segundos por kilómetro, pero eleva de manera considerable el riesgo de fallecimientos en caso de accidente.

¿Aplica el límite de 60 km/h en cualquier vía amplia?

Una inquietud frecuente entre los conductores es si el límite de 60 km/h aplica en cualquier vía amplia. La respuesta oficial fue precisa: “Solo los vehículos autorizados y en vías debidamente señalizadas pueden transitar a 60 km/h. De lo contrario, el conductor se expone a comparendos”, informó la Secretaría de Movilidad.

Finalmente, la entidad señaló que se adelantan estudios técnicos en 14 corredores viales para evaluar posibles ajustes a los parámetros actuales. “La prioridad seguirá siendo la seguridad vial y la protección de los usuarios más vulnerables”, concluyó la Secretaría.


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La estrategia se ha implementado en otros países de Latinoamérica tras registrarse reducción vehicular en distintas ciudades de Colombia.
El horario es de 6:00 a. m. a 9:00 p. m. Durante ese tiempo no está permitido circular si el vehículo está sujeto a la medida.



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