Subsidios funerarios gratis en Bogotá ¿Quiénes pueden aplicar?

Para poder optar por este beneficio, las personas interesadas deben estar registradas en el Sistema de Información de la Secretaría Distrital
Subsidios funerarios gratis en Bogotá: Quiénes aplican
Subsidios funerarios gratis en Bogotá: Quiénes aplican Crédito: Pixabay

La Unidad Administrativa Especial de Servicios Públicos (UAESP), encargada de la gestión de los cementerios bajo la jurisdicción del Distrito, ofrece a los habitantes en situación de vulnerabilidad y escasez de recursos la posibilidad de acceder a subsidios funerarios. Estos subsidios representan un respaldo económico temporal y oportuno, abarcando hasta un 90% o el 100% del costo de los servicios funerarios en los cementerios pertenecientes al Distrito.

Para poder optar por este beneficio, las personas interesadas deben estar registradas en el Sistema de Información de la Secretaría Distrital de Integración Social (SIRBE) o figurar en las bases de datos de las entidades pertinentes a nivel nacional o distrital.

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Los subsidios funerarios incluyen la cobertura de los gastos relacionados con diferentes servicios funerarios, tales como la inhumación (colocación de restos o cenizas en una bóveda), exhumación (extracción de restos de una bóveda) y cremación (reducción de un cuerpo o restos a través de un horno crematorio).

¿Cuál es la finalidad de la subvención funeraria?

Se trata de una ayuda temporal y específica dirigida a aquellas personas que carecen de los medios económicos necesarios para hacer frente a una situación de emergencia funeraria. Esta asistencia es concedida por la Alcaldía Mayor de Bogotá, a través de la UAESP, y cubre los servicios funerarios para el destino final en los cementerios ubicados en el Norte, Sur, Central y el Parque Serafín.

¿Cómo se puede acceder a un subsidio funerario?

Los solicitantes deben demostrar su condición de vulnerabilidad, especificar el tipo de servicio funerario requerido y presentar una solicitud formal en las oficinas de la UAESP. Esta solicitud debe incluir el nombre completo del fallecido y del solicitante, documento de identidad, dirección, número de teléfono y dirección de correo electrónico (si se dispone de uno).

¿Cómo acreditar la condición de vulnerabilidad?

  • Puntaje de la base de datos del SISBÉN categoría A, B y C.
  • Población desplazada - víctimas del conflicto.
  • Población habitante de calle.
  • Grupos étnicos (indígenas, afros, pueblo palenquero, comunidad gitana o Pueblo Rom, etc.)
  • Nacionales venezolanos.

Requisitos y documentos para la solicitud

Carta de solicitud o formato que contenga:

  • Datos del peticionario.
  • Datos del fallecido.
  • Servicio y cementerio propiedad del Distrito.

Anexar

  • Registro civil de defunción – certificado de defunción.
  • Copia de cédula del peticionario.
  • Documento con el que se acredite la condición de vulnerabilidad.

Condiciones especiales

  • Propietarios de mausoleos – bóvedas, osarios o cenizarios: adjuntar certificado de tradición y libertad o escritura pública.
  • Muerte violenta: adjuntar certificado de Fiscalía que autoriza el procedimiento solicitado por el deudo (no mayor a 30 días de vigencia).
  • Proviene de otro cementerio: adjuntar certificado de procedencia de restos o cenizas.
  • Restos que se dirigen a otro cementerio: adjuntar certificado del cementerio al cual serán enviados los restos, que den cuenta de este hecho.

Tiempos de respuesta

  • Máximo diez (10) días hábiles a partir del recibo de la solicitud y confirmación del cumplimiento de los requisitos, para servicios de exhumación y cremación de restos.
  • Un (1) día para los servicios de inhumación o cremación de cuerpos.

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