La Corte Suprema de Justicia mantuvo la absolución de Laura Moreno al establecer que las pruebas no permitieron determinar de forma concluyente cómo ocurrió la muerte de Luis Andrés Colmenares, lo que impidió una condena penal.
El alto tribunal determinó que no fue posible establecer con certeza cómo ocurrieron los hechos que rodearon la muerte de Luis Andrés Colmenares, debido a inconsistencias en los dictámenes periciales y a las limitaciones en la reconstrucción de lo sucedido.
Causa de muerte de Luis Andrés Colmenares según el fallo
La Corte identificó como punto coincidente entre los análisis que el fallecimiento se produjo por sumersión en el caño El Virrey, aunque aclaró que este dato no permite definir el origen de los hechos.

El expediente indica que el joven presentó lesiones previas, entre ellas fracturas en el rostro y cráneo, pero el fallo advierte que no fue posible establecer con precisión cómo se produjeron ni en qué momento ocurrieron dentro de la secuencia de los hechos.
En esa línea, la decisión deja claro que la causa médica del deceso está definida, pero no las circunstancias en que se produjo.
Por qué la Corte no definió si fue homicidio o accidente
El análisis del alto tribunal se centra en la valoración de los peritajes. La Corte advierte que existieron diferencias relevantes entre los estudios, tanto en los procedimientos aplicados como en sus conclusiones.
Uno de los puntos clave fue la pérdida de fuerza probatoria de algunos dictámenes por fallas en protocolos y cadena de custodia. A esto se sumó que otros conceptos periciales se elaboraron sin acceso directo al cuerpo, sino a partir de registros documentales.
El fallo retoma que no se logró establecer si la muerte correspondió a un homicidio o a un hecho accidental.

El análisis del cuerpo, el caño y las condiciones del hallazgo
La Corte revisó elementos técnicos como la ubicación del cuerpo, el estado de la ropa y las condiciones del caño El Virrey.
Se evaluó si el cuerpo pudo ser arrastrado por el agua o si fue ubicado en ese lugar posteriormente. Sin embargo, el fallo señala que los elementos analizados no permitieron confirmar ninguna de estas hipótesis.
Aspectos como el caudal del canal y la ausencia de señales concluyentes en las prendas fueron parte del análisis, sin que derivaran en una conclusión definitiva.
Testimonios y versiones dentro del proceso
El tribunal también examinó las declaraciones entregadas durante el proceso, incluidas las versiones de Laura Moreno.
Aunque se identificaron inconsistencias en algunos relatos, la Corte advierte que estos elementos no suplen la falta de certeza en las pruebas técnicas, especialmente frente a la causa y forma de la muerte.
Además, varios testimonios fueron considerados de carácter indirecto, lo que limitó su valor dentro del análisis probatorio.

Situación de Jessy Quintero dentro del fallo
El documento precisa que la situación de Jessy Quintero no fue objeto de decisión de fondo en esta etapa, debido a que la acción penal en su contra ya había prescrito.
La Corte recuerda que el Tribunal declaró la extinción de la acción penal por prescripción frente al delito por el cual fue acusada, lo que impidió continuar el proceso penal en su contra.
En el expediente se indica que Quintero había sido vinculada por conductas relacionadas con falso testimonio y encubrimiento, en el marco de la investigación por la muerte de Luis Andrés Colmenares.
Además, el fallo deja claro que este punto no fue controvertido dentro del recurso de casación, por lo que no hacía parte del análisis que debía resolver la Corte.
El documento también menciona que, durante el trámite en el Tribunal, el paso del tiempo llevó a la prescripción de la acción penal, lo que cerró cualquier posibilidad de pronunciamiento sobre su responsabilidad en esta instancia.