Cuáles son los vehículos que quedarían exentos de SOAT con nueva ley: solo falta la firma de Petro

Una nueva ley aprobada en el Congreso eximiría a algunos vehículos de la obligatoriedad del SOAT.
Carros exentos de SOAT en Colombia
Crédito: Colprensa

Un nuevo proyecto de ley aprobado por el Congreso de la República, pendiente de firma y ejecución presidencial, busca eximir de la obligación de portar el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), así como otros documentos, a un grupo específico de vehículos eléctricos en Colombia.

El proyecto de ley 219 de 2024 en la Cámara, y 111 de 2023 del Senado, ya superó todos los debates legislativos y actualmente está a la espera de la sanción presidencial para convertirse oficialmente en ley.

Los vehículos que quedarían exentos de SOAT con nueva ley en Colombia

La iniciativa, una vez sancionada por el presidente, beneficiará a los propietarios de vehículos eléctricos con una potencia igual o inferior a 1.000 vatios, siempre y cuando estos se desplacen únicamente por ciclorrutas. Según lo aprobado, los conductores de este tipo de vehículos no estarán obligados a portar licencia de conducción, matrícula ni el SOAT, documentos exigidos actualmente para otros tipos de automotores.

De acuerdo con lo estipulado en el articulado del proyecto, la medida aplica únicamente a los vehículos que cumplan con las condiciones técnicas mencionadas y que operen exclusivamente en vías destinadas a bicicletas y medios de transporte no motorizados.

Lea también: Estos conductores tendrán que tramitar nuevamente su licencia de conducción este 2025

El uso fuera de estos espacios no está contemplado dentro de la exención y, por tanto, podría estar sujeto a las normativas de tránsito vigentes.

El proyecto de ley surge como una respuesta al crecimiento del uso de vehículos eléctricos de baja potencia en zonas urbanas, particularmente en trayectos cortos, así como al aumento en la infraestructura de ciclorrutas en diferentes ciudades del país. Sin embargo, la exención no será extensiva a bicicletas eléctricas o motocicletas que superen el umbral de potencia establecido, ni a aquellas que circulen por vías tradicionales o compartidas con vehículos motorizados.

Moto eléctrica en la ciclorruta
Moto eléctrica en la ciclorrutaCrédito: Colprensa

El texto aprobado por el Congreso no establece una fecha precisa para la entrada en vigencia de la medida, ya que se encuentra a la espera de la firma del presidente, quien debe sancionar el proyecto para que entre en vigor.

Mientras se concreta este último paso, las autoridades de tránsito y transporte evalúan los posibles impactos de la norma en materia de seguridad vial y control de la movilidad en zonas urbanas. También se espera que, una vez sancionada la ley, se emitan lineamientos técnicos para la verificación del cumplimiento de las condiciones exigidas a los vehículos que pretendan acogerse a esta exención.


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