Hipoteca inversa: ABC para que herederos hagan recompra de la vivienda

Esta es la 'letra chiquita' del proyecto del Ministerio de Vivienda.

Hipoteca inversa es el nuevo mecanismo lanzado por el Gobierno Nacional para que los mayores de 65 años con vivienda puedan acceder a una mensualidad de por vida, hipotecando su inmueble a una entidad financiera.

"Esta es una alternativa para quienes no cuentan con una pensión pero sí con una vivienda y deseen, de manera voluntaria, acceder a una renta mensual y seguir viviendo en la casa hasta sus últimos días de vida", sostuvo Carlos Ruíz, viceministro de Vivienda .

Ruíz aseguró que 'hipoteca inversa' da la posibilidad a quienes no tienen ingresos estables y no quieren o no pueden vender su casa.

En ese sentido, varias han sido las preguntas de los ciudadanos que a través de las redes sociales. Una de las más frecuentes es sobre: ¿Cuánto sería la renta mensual?

"En el decreto queremos poner la mayor parte de jugadores para que tengamos más competencia para que las rentas sean lo más alta posible. En el decreto no están definidas las rentas máximas, ni el valor máximo a pagar por la entidad financiera pero estimamos que puede 0.4 y 0.6% mensual del valor de la vivienda", dijo el viceministro.

Tasa de interés para recompra de la vivienda

Carlos Ruíz, viceministro de Vivienda, explicó que, "en un escenario normal, por ejemplo, una pareja de 65 años que hacen este acuerdo con la entidad financiera, reciben el 0.4% por mes, pasan 20 o 25 años, hasta que el último fallece". En cuyo caso, se entrega la vivienda a la entidad financiera.

"En el momento del fallecimiento, la familia habrá recibido 240 millones de pesos. En ese caso, no es rentable hacer una recompra por parte de los herederos", porque los familiares o interesados en hacer la compra, deberán pagar lo que recibieron sus familiares durante esos 25 años más los intereses.

Sin embargo, en el caso que, por ejemplo, la pareja de 65 años muera meses o pocos años después de hacer este acuerdo de hipoteca inversa, los herederos podrán tener la alternativa de hacer la recomprar de la casa, siempre y cuando, paguen la renta mensual que recibieron los beneficiarios más lo intereses.

"Los intereses son parecidos a los de un crédito hipotecario. En este momento ronda entre el 10% y 11%. Todo esto quedará pactado en el contrato y será regulado, supervisado por la Superintendencia Financiera", aclaró.

El decreto en este momento entra a revisión por parte del ministerio de Hacienda y la Superintendencia.

"Después del decreto esperamos que las entidades financieras salgan a ofrecer este producto. En principio no creemos que sean los bancos sino los fondos inmobiliarios y las aseguradoras", señaló.


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