SuperIndustria sanciona a reconocida marca de belleza por vulnerar derechos de consumidores

Prosalon Distribuciones S.A.S., propietaria de la cadena, deberá pagar una multa de $589 millones.
Superintendencia de Industria y Comercio
Fueron notificados de su insubsistencia en pleno 24 de diciembre, mientras compartían con sus familias. Crédito: Superintendencia de Industria y Comercio

La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) impuso una multa por $589.614.080 a la sociedad Prosalon Distribuciones S.A.S., propietaria de los establecimientos Cromantic, por infringir el régimen de protección al consumidor.

La sanción se originó tras tres averiguaciones preliminares y una inspección en la página web de la empresa, en las que se evidenciaron múltiples irregularidades relacionadas con el ejercicio de los derechos de los consumidores, tanto en canales virtuales como físicos.

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Fallas en garantías, retracto y publicidad

De acuerdo con la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor de la SuperIndustria, Prosalon incurrió en estas situaciones:

  • No expidió constancias de recibo ni reparación cuando los consumidores intentaban hacer efectiva la garantía de los productos.
  • Exigía la factura original o un documento que probara la compra por canales no presenciales para ejercer el derecho de retracto, lo que va en contra de lo estipulado por la ley.
  • Omitió en su sitio web información clara sobre las condiciones de tiempo, modo y requisitos para acceder a promociones.
  • No proporcionó datos suficientes y veraces sobre el producto “Labial Maybelline Superstay Matte Ink Philosophie”.

Frente a estos hallazgos, la Superintendencia de Industria y Comercio advirtió que “la sociedad investigada vulneró los derechos de las y los consumidores que acudieron a la página web y a los establecimientos físicos de Cromantic”.

La SIC señaló que continuará con la vigilancia estricta del comercio físico y electrónico, especialmente en sectores como el de cosméticos y cuidado personal.

“Reafirmamos nuestro compromiso con la protección de los derechos de las y los consumidores en la comercialización de productos de consumo masivo”, indicó la entidad.

La SIC también explicó que esa industria representa el 3% del PIB nacional, según cifras de la Asociación Nacional de Industriales (Andi), lo cual evidencia una tendencia creciente de consumo que exige mayor control sobre prácticas comerciales.

“La SIC del Cambio continuará velando por el respeto de las reglas aplicables a la garantía legal, el debido ejercicio a los derechos de las y los consumidores, el uso responsable de la publicidad y la consolidación de un comercio físico y electrónico transparente”, añadió la entidad.

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Cabe mencionar que contra esta sanción procede el recurso de reposición ante la Dirección de Investigaciones de Protección al Consumidor y de apelación ante la superintendencia delegada para la Protección del Consumidor.


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