El presidente Gustavo Petro firmó oficialmente el decreto con el cual suspenden las operaciones militares y policiales en contra de las estructuras armadas del Ejército de Liberación Nacional (ELN) desde este jueves 6 de junio y hasta el próximo 29 enero de 2024.
El decreto establece dos momentos que tendrá la negociación política con esa guerrilla: desde el próximo 3 de agosto se decretará el Cese al Fuego Bilateral y Temporal de carácter Nacional (CFBTN) entre el Gobierno Nacional y la organización armada rebelde Ejército de Liberación Nacional (ELN), dicha medida irá hasta el próximo 29 de enero de 2024.
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“El CFBTN podrá ser prorrogado previa valoración de la Mesa de Diálogos de Paz de los informes del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MMV) y conforme con lo acordado por las Partes”, señala el decreto.
La segunda fase que llevará a dicho cese al fuego bilateral y temporal, será la suspensión oficial de operaciones militares y policiales en contra de las estructuras del ELN que iniciará en firme desde este jueves 6 de agosto.
“Ordenar la suspensión de operaciones militares y operativos policiales ofensivos, a partir de las 00:00 horas del 6 de julio de 2023, en contra de los integrantes del Ejército de Liberación Nacional (ELN) que participen en el proceso de paz y se encuentren dentro de los procedimientos para la ejecución del Acuerdo del CFBTN y los protocolos correspondientes”, reseña el documento.
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A partir de las 00:00 horas del 3 de agosto de 2023 está prohibido realizar, además de acciones ofensivas, actos contrarios a lo establecido en el Protocolo de Acciones Específicas acordado entre las partes en la Mesa de Diálogos de Paz, entre los cuales se encuentran:
1. Entrar en contacto armado y, si esto ocurre, no romper dicho contacto.
2. Obstaculizar las labores del Mecanismo de Monitoreo y Verificación (MMV).
3. Omitir información al MMV e impedir la atención de enfermos o heridos de la población civil y de las partes, incurrir en perfidia, incurrir en actos prohibidos en el Protocolo " adicional a los Convenios de Ginebra, como el homicidio, la toma de rehenes , la violación , el desplazamiento forzado o el reclutamiento de menores, etc.
La suspensión de operaciones militares y operativos policiales ofensivos se hará “sin perjuicio del cumplimiento de la función y obligación constitucional y legal de la Fuerza Pública de preservar la integridad del territorio nacional, garantizar el orden constitucional y legal y asegurar las condiciones necesarias para el ejercicio de los derechos y libertades públicas en todo el territorio nacional”.