Meses atrás se había solicitado una nulidad, la cual argumentaba que las personas reclamantes sólo eran comerciantes de la zona, mas no comunidades raizales y que por lo tanto no contaban con el derecho de solicitar una consulta previa.
Sin embargo, la Corte Constitucional indicó que el Ministerio del interior y la Alcaldía de Cartagena si deben reconocer a estos habitantes como afrodescendientes de Playa Blanca y de este modo agruparlos como un consejo comunitario, el cual debe ser consultado previo a la realización del megaproyecto que se pretende construir en Barú.
Es de recordar que la corte ya había dado un plazo de 10 días al gobierno para que a esta comunidad se le reconociera como afrodescendiente y de este modo iniciará la consulta previa del proyecto hotelero.
El alto tribunal además ordenó que las autoridades no podrán desalojar a las comunidades afrodescendientes allí establecidas