Esperanza para la niñez: hoy se firma la cadena perpetua para violadores y asesinos de menores

Los jueces podrán castigar con cadena perpetua a quienes cometan ese tipo de delitos que tanto han afectado a la niñez en Colombia.
Los términos sobre las inhabilidades serán definidos de manera especial por parte del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar
Los términos sobre las inhabilidades serán definidos de manera especial por parte del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Crédito: AFP

Finalmente, este martes la cadena perpetua para violadores y asesinos de niños sería una realidad, a propósito de un nuevo caso que se conoció la semana pasa en Medellín y que involucra a 14 niños en un hogar infantil.

Sobre las 11 a.m. se tiene prevista la sanción presidencial de la iniciativa, que inmediatamente comenzará a operar.

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Así las cosas, los jueces podrán castigar con cadena perpetua a quienes cometan ese tipo de delitos.

Cabe recordar que, tras varios años de intentos fallidos, la iniciativa se aprobó con un acto legislativo y un proyecto de ley en el Congreso.

La ley reglamentaria consta de cuatro puntos principalmente; la imposición de la cadena de prisión perpetua, su condición excepcional, el control automático de la pena de prisión perpetua y la revisión de la pena en un plazo mínimo de 25 años para evaluar la resocialización del condenado.

El primero de ellos tiene que ver con las circunstancias de agravación punitiva que les darían los elementos a los jueces para poder tasar la pena y definir las características que permitan establecer si un delito sexual cometido contra un menor, debe ser sancionado con prisión de por vida o con una pena menor.

El segundo punto es que el que está relacionado con la revisión de la sentencia. En el acto legislativo quedó claro que la pena de prisión perpetua deberá revisarse a los 25 años para evaluar los temas de resocialización y este proceso deberá contar con un procedimiento específico.

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Como tercer punto, se establecerán los lineamientos del control automático que se creó, como un recurso adicional al de apelación y al de casación, para los casos en los que se aplique la prisión perpetua.

En cuarta instancia, la ley estatutaria establecerá toda una política pública de alerta temprana o de prevención de este tipo de delitos, además de principios claros para una efectiva judicialización de estos actos atroces en contra de los menores.


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