Exhumación en cementerio genera llamado de atención de la Corte a la Iglesia Católica

La Corte Constitucional llama la atención a la Iglesia Católica por exhumaciones sin respetar regulaciones.
Corte Constitucional
Se dio apertura a las inscripciones para aspirantes a magistrado de la Corte Constitucional en reemplazo de la magistrada Diana Fajardo. Crédito: Corte Constitucional X

La Corte Constitucional se pronunció y llamó la atención a la Iglesia Católica por realizar exhumaciones en cementerios sin respetar las regulaciones que rigen estas practicas.

Esta decisión surgió tras estudiar una acción de tutela presentada en septiembre de 2023 por una ciudadana contra la Diócesis Málaga-Soatá, La Parroquia Nuestra Señora de los Remedios y la Iglesia Católica de Colombia.

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La demandante alegó que se vulneraron sus derechos a la libertad religiosa y a la dignidad humana de su padre fallecido, debido a la exhumación de sus restos óseos sin su consentimiento.

La corte destacó los derechos de los familiares en estos procedimientos, pues según la Resolución 5194 de 2010, los familiares tienen derecho a decidir sobre el traslado de los restos y deben ser notificados antes de cualquier exhumación.

La Sala Plena concluyó que la Parroquia Nuestra Señora de los Remedios vulneró los derechos fundamentales de la accionante, al no notificarle sobre el cumplimiento del término mínimo de permanencia de los restos de su padre y al no seguir las reglas establecidas para la exhumación.

Ante esto, la Corte revocó las sentencias de primera y segunda instancia que habían declarado improcedente la tutela y amparó los derechos de la ciudadana.

La Corte ordenó a la parroquia convocar a una reunión con la accionante y los demás familiares del difunto para identificar un procedimiento que reparara la afectación sufrida.

Además, si no se llegaba a un acuerdo, la parroquia debía presentar disculpas públicas a la accionante mediante un documento visible en la parroquia y la alcaldía del municipio.

Además, la Corte encontró que los restos del padre de la accionante y de otro familiar fueron trasladados a un osario de la parroquia, mientras que los restos del abuelo permanecían en condiciones inadecuadas.

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Por ello, ordenó a la parroquia permitir que los restos en el osario permanecieran allí sin costo para los familiares y abstenerse de exhumar los restos del abuelo, adecuando la zona según la normativa vigente.


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