Las contradicciones de la justicia a través de un funcionario de la Personería

Darcy Quinn reveló las cosas insólitas y contradicciones de la justicia.
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Mazo de juez / mazo de corte / martillo de juez / martillo de corte / Justicia / Fallo Crédito: Camila Díaz - Sistema Integrado Digital RCN Radio


Los Secretos de Darcy Quinn revelaron las contradicciones de la justicia a través de un funcionario de la Personería



El 24 de octubre de 2016, el Juzgado 43 Civil de Bogotá ordenó reintegrar a su cargo a un funcionario de la Personería, amparando su condición de pre-pensionado, aunque no cumplía con los requisitos de pensión. Acatando la tutela, la Personería reintegró al funcionario y le pagó salarios y prestaciones por más de 1.000 millones de pesos. Después del reintegro hecho en agosto de 2019, la Personería mantuvo al señor durante cuatro años más con un salario superior a los 20 millones de pesos mensuales.

La Entidad, considerando que el señor Eduardo Erazo ya cumplía los requisitos de pensión, solicitó la revisión del fallo. El Juzgado Once Civil, en julio de 2023, decidió que el funcionario ya podía ser desvinculado. Esta decisión fue apelada por Erazo, a través de un incidente de desacato, pero perdió. El juez decidió que el señor no podía estar vinculado a la Personería.



Esta fue la situación que encontró el actual Personero de Bogotá, Andrés Castro. Un caso que parecía resuelto. Pero el interesado promovió hace unos días un nuevo incidente de desacato con el propósito de ser reintegrado nuevamente a la Entidad. Sorprendentemente, el juzgado decidió darle trámite al incidente y, mediante auto del 4 de julio, el mismo Juez Once Civil decidió imponer sanción al actual Personero de Bogotá, Andrés Castro, y ordenó el reintegro de Erazo, quien podría recibir otros 500 millones de pesos.

Ante esta situación, el problema es el siguiente: la justicia declaró cumplido el fallo y, cuatro meses después, declara que fue incumplido, imponiendo sanciones al actual Personero que no desvinculó al funcionario y que no podía hacer otra cosa que atender las decisiones que ya habían declarado que la entidad había acatado la orden judicial. O sea, según este juez, la entidad debe cumplir un fallo que ya cumplió.



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