La decisión del Consejo de Estado de suspender el incremento del 23% del salario mínimo ha generado respuestas por parte de voces oficialistas. El ministro del Interior, Armando Benedetti, aseguró que la noticia era un "baldado de agua fría" y aseguró que la decisión del togado Morales Trujillo era algo "inédito" e "insólito". Asimismo aseguró que este decreto no quebrantó las leyes de la Constitución Política y respaldó la convocatoria de Gustavo Petro a sus seguidores.
Es que el máximo mandatario escribió vía X que este decreto "de salario vital es ordenado por la constitución". Criticó la decisión del magistrado, argumentando que la solicitud del Consejo de Estado la seguiría, pero "actuaré de acuerdo a la constitución". Agregó que "suspender un decreto de salario mínimo vital pone en riesgo la constitución que no permite deteriorar el poder adquisitivo del salario y anular la prerrogativa del gobierno y sus derechos en materia de salario".
Por su parte, el ministro del Trabajo, aseguró ante los micrófonos de La FM, aseguró que actuarían lo más "pronto posible", pero no dudó en criticar la decisión: "Parece una decisión precipitada que hay que acatarla". También adelantó que se realizaría "una reunión de urgencia con las organizaciones sociales y populares".

¿El gobierno tiene herramientas jurídicas para contrarrestar decisión del Consejo de Estado?
Jurídicamente, cualquier decisión que sea tomada por la entidad de control, puede ser revisada por el resto de los magistrados de la sala del Consejo de Estado. Esto se llama recurso de súplica y los togados pueden modificar o revisar una decisión en primera instancia.
Este recurso se interpone ante la Subsección A de la Sección Segunda del Consejo de Estado y esta decidirá si admite el recurso o no. Puede aplicar el recurso de súplica entre el 14 y el 16 de febrero, teniendo en cuenta el tiempo estipulado por la ley 1437 de 2011. Sin embargo, debe estar sustentada y presentada de manera escrita para su evaluación. El abogado Camilo Rojas comentó a RCN Noticias que "la imposición de este recurso no impide que la ejecución del fallo judicial se haga en los tiempo que ha determinado el juez administrativo" (fue de ocho días desde publicada la decisión).
Y el Gobierno nacional debe cumplir. Otra de sus herramientas es acatar el auto, como dijo que Petro que haría, puede firmar un nuevo decreto, por el cual defina un nuevo porcentaje de aumento del salario mínimo legal vigente.
Pero también puede solicitar la Unificación de Jurisprudencia a la Sala Plena del Consejo de Estado. Este asumiría el conocimiento del caso para unificar criterios, dado el incremento. El Gobierno Petro podría, además, imponer una acción de tutela en la que explique por qué del Consejo de Estado está yendo en contra de un derecho fundamental. Pero la ley indica que el tiempo máximo de respuesta es de diez días hábiles.

¿Los empleados verán reducido su salario mientras se toma una decisión?
No, el mismo fallo indicó que mientras el Gobierno nacional da una respuesta a su decisión, el salario mínimo legal vigente seguirá siendo el mismo: $1.750.905 más el auxilio de transporte.
Cabe destacar que, si hay una reducción salarial, esto no implica lo mismo en los valores aumentados en otros ámbitos. Así lo hace saber el fallo: "La suspensión provisional de los efectos del Decreto 1469 de 2025 no tendrá ningún efecto sobre las obligaciones y derechos que se calcularon con base en el valor del salario mínimo del año 2026 allí establecido y que fueron efectivamente causadas o pagadas con anterioridad a la publicación del nuevo acto administrativo que se ordena en esta providencia".
Es, decir, los colombianos deberán esperar a que el Gobierno Petro dé su respuesta oficial por medio de decreto o una acción legislativa para contrarrestar el auto del magistrado Morales Trujillo.