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Sancionan e inhabilitan a exalcalde de Cartagena, William Dau, por irrespetuoso

El exmandatario de la capital del departamento de Bolívar no podrá ejercer cargos públicos durante siete meses.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Mayo 23, 2024 - 16:37
William Dau
William Dau, exalcalde de la ciudad de Cartagena, fue sancionado "por grosero".
Cortesía.

La Procuraduría General de la Nación informó sobre la medida de suspensión e inhabilidad que ordenó contra el exalcalde de Cartagena, William Dau.

Según el Ministerio Público, el exfuncionario trató de manera irrespetuosa a concejales, autoridades judiciales y entes de control de la ciudad.  

La decisión fue tomada en el fallo de primera instancia, por lo que la Procuraduría suspendió e inhabilitó por siete meses al exalcalde, tras atentar contra el buen nombre de servidores públicos a quienes tildó de cómplices de la corrupción en Colombia.  

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El ente de control demostró que el disciplinado trató de manera irrespetuosa a concejales, autoridades judiciales y entes de control de la capital de Bolívar, al manifestar en un medio de comunicación local de Cartagena que “(…) todos los órganos de control y de justicia comen del mismo plato. Exijo, exijo que la Fiscalía, la Procuraduría, la Contraloría General, entren a investigar ya, decidan ya, en este momento sobre el caso de esos vergajos, sinvergüenzas, concejales (…)”.

A juicio del Ministerio Público, Dau Chamat “trasgredió el deber que le impone la ley de tratar con respeto a las personas con quienes se relaciona en razón de su servicio, afectando así el principio de moralidad sin justificación alguna”. Este actuar fue calificado por la entidad como grave a título de dolo. 

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Por otro lado, manifestó la Procuraduría que, dado que el sancionado cesó en sus funciones, el término de la suspensión se convirtió en salarios de acuerdo con el monto devengado para el momento de la comisión de la falta, y precisó que se conservará la inhabilidad. 

Contra la presente decisión se conoció que la defensa utilizó recurso de apelación que será resuelto por la Sala Disciplinaria de Juzgamiento de Elección Popular. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información