Presidente Petro dice que este jueves vence el plazo para emitir el decreto de consulta popular

"Usaron el atentado contra el senador Miguel Uribe para excluir al pueblo de la consulta popular y la reforma laboral", dijo el mandatario.
Gustavo Petro
Gustavo Petro, presidente de Colombia Crédito: Colprensa

En la antesala de lo que se espera sean movilizaciones en respaldo al Gobierno, la consulta popular y las reformas por parte de las centrales obreras, el presidente de la República, Gustavo Petro, emitió un trino en el que explicó que de acuerdo a la Ley 1757 él puede emitir en las próximas horas el decreto que convoca a la consulta popular.

“El decreto de consulta tiene una base legal, que impide cualquier prevaricato, se trata del artículo 33 c de la ley 1757, que permite a nivel legal, diferenciar entre si el senado vota el concepto previo, sea favorable o desfavorable o no se pronuncia. En ambas opciones el decreto es presidencial”, explicó el mandatario.

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Además, el jefe de Estado indicó que: “el juez al establecer por fallo la violación del debido proceso legislativo y ordenar, sin que haya sido acatado, la apelación de la senadora María José Pizarro, determinó que no se finiquitó el voto por el concepto previo, ni desfavorable ni favorable. No se perfeccionó la votación”.

En ese sentido, agregó que si el Senado no se pronunciaba ni a favor ni en contra, guardando silencio, entonces él queda facultado por los tiempos que establece la norma 1757 para expedir el decreto, por lo que compartió un aparte de la norma que reglamenta las condiciones para la expedición de la consulta popular vía decreto.

- Conforme señala el art. 32, una vez radicada la solicitud, el Senado tiene un mes para emitir concepto favorable o desfavorable.

- Según señala el art. 33, luego de ese mes debería haberse emitido el concepto por parte del Senado.

Conforme a la letra c del mismo artículo, el término para la votación de la consulta se cuenta a partir de la fecha en que se emitió concepto positivo o cuando no se emite concepto y se vence el término de un mes.

- Radicación consulta en Senado: 1 de mayo de 2025

- Vencimiento término para emitir concepto 1 de junio de 2025 (Art. 32 Ley 1757 de 2015)

- Término de 8 días para emitir decreto: Vence 12 de junio de 2025 (art. 33 - encabezado y literal c - Ley 1757 de 2015)

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Con lo anterior,el mandatario indicó que a más tardar mañana jueves 12 de junio podía emitir el decreto. “A pesar que estaba dispuesto a congelar la consulta popular, si el Senado aprobara la reforma laboral con los criterios concertados, incluso con los gremios, en la cámara; el presidente del senado decidió cerrar el congreso y perder todo el martes, para que el presidente solo tuviera el dia de mañana para usar la ley 1757", aseguró.

"Usaron el triste atentado contra el senador Miguel Uribe Turbay para excluir al pueblo no solo de la consulta popular, sino de la reforma laboral", puntualizó.


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