CNE revocó nuevamente lista de candidatos del Pacto Histórico a la Cámara por Bogotá

El tribunal electoral encontró que la coalición superó el 15% de los votos obtenidos en las elecciones del 2022 y eso viola la ley.
Consejo Nacional Electoral
Hay polémica en el CNE por la elección del nuevo magistrado Crédito: Cortesía: CNE

La Sala Plena del Consejo Nacional Electoral (CNE) resolvió otra demanda que se presentó contra la lista de candidatos del Pacto Histórico a la Cámara por Bogotá y decidió revocarla tras encontrar que la coalición inscrita superó el 15% de los votos en las elecciones de hace cuatro años.

La coalición está conformada por el Pacto Histórico y Colombia Humana, lo que quiere decir que por orden del CNE tendrían que excluir de la lista a los aspirantes de esta segunda colectividad.

El exregistrador Nicolás Farfán, quien presentó la demanda, explicó que se trata de una violación de la norma que permite a los partidos pequeños coaligarse para evitar su desaparición, ya que el Pacto Histórico en la actualidad es un partido mayoritario en Colombia.

“La Constitución Política en su artículo 262 estableció una prerrogativa exclusiva para las minorías políticas, porque como ustedes saben aquí hay un umbral del 3% que a veces es difícil lograrlo para las minorías, entonces les permitió a ellas coaligarse para presentarse a elecciones de corporaciones públicas y el límite que estableció el constituyente fue el 15% de los votos válidos en la elección inmediatamente anterior, sea para partidos o para coaliciones entre varios partidos políticos”, explicó.

Sobre el caso concreto del Pacto Histórico, Farfán dijo que “claramente hace cuatro años, estas fuerzas políticas que hoy se coaligan y se presentan superaron con creces el 15% y en algunas circunscripciones más del 30%. Es decir, que las de hace cuatro años inicialmente minorías, hoy se convirtieron en mayorías en siete circunscripciones y utilizaron el procedimiento de la fusión y las coaliciones para disfrazarse de minorías y violentar el artículo 262 de la Constitución”.

Esta tesis fue acogida por la mayoría de los magistrados del CNE, que pese a ello, lanzaron una especie de salvavidas estableciendo que aquellos candidatos que sean retirados de las listas, en este caso del Pacto Histórico, se les debe respetar su derecho a participar de las elecciones permitiendo su inscripción.

Así lo dijo el magistrado Benjamín Ortiz, quien afirmó que se debe “advertir a la Registraduría Nacional del Estado Civil que la modificación de inscripciones producto de la presente decisión deberá garantizar el derecho a la participación de los candidatos inscritos y de las colectividades políticas que integraban la coalición”.

Esto significa que si los miembros del Partido Colombia Humana son excluidos de la listas de candidatos del Pacto Histórico, deberá permitírseles las inscripciones por aparte para las elecciones al Congreso de la República.


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