Jurisdicción Agraria: ¿Se logrará acuerdo sobre polémico artículo que abría puerta a expropiación exprés?

Se están evaluando algunas propuestas en la mesa técnica que se creó para resolver el asunto.
Senado de la República
El Senado de la República tendrá un nuevo presidente Crédito: Colprensa

En el Congreso de la República fue designada una comisión técnica para evaluar las propuestas que han surgido en torno al polémico artículo noveno de la ley de Jurisdicción Agraria, cuya aprobación aún continúa en veremos.

Para varios sectores políticos, dicho artículo abriría la puerta para autorizar en Colombia una expropiación exprés, ya que le da facultad a la Agencia Nacional de Tierras para resolver procesos de carácter administrativo, especialmente aquellos que tienen que ver con baldíos, sin necesidad de que pasen por la revisión de los jueces agrarios.

Esto está siendo objeto de análisis y el Gobierno Nacional y otros sectores han puesto sobre la mesa algunas alternativas que están siendo analizadas.

Se ha planteado que los conflictos sobre las tierras tengan un control rogado, es decir, que sea posterior y que las decisiones solo se revisen si se presentan diferencias u oposición entre las partes involucradas.

Otras de las propuestas es que haya un control automático de los jueces agrarios, sobre las decisiones que se adopten frente a los conflictos sobre las tierras.

¿Choque entre la Corte, el Pacto Histórico y el Gobierno?

Todo esto ha generado una especia de choque entre la Corte Suprema de Justicia, el Pacto Histórico y el Gobierno Nacional. La colectividad emitió un comunicado en el que señala que no está de acuerdo con los planteamientos hechos por los magistrados de Sala de Casación Civil, Agraria y Rural, en el sentido de que los conflictos de tierras deben ser de competencia de los jueces.

“Nos preocupa especialmente la propuesta que sugiere trasladar a los jueces la función de adjudicar las tierras baldías de la nación, un competencia que históricamente ha ejercido la autoridad administrativa agraria y que constituye uno de los instrumentos centrales de la reforma agraria”, indican.

Afirman que este planteamiento generaría congestión judicial, porque todos los procesos, incluso aquellos sobre los que no hay reparos, se demorarían mucho en resolverse.

¿Qué dice la Sociedad de Agricultores de Colombia?

La Sociedad de Agricultores de Colombia (SAC), a través de su presidente Jorge Bedoya, se mostró en contra de estas tesis que se están evaluando y advierte que la única alternativa es garantizar que sean los jueces agrarios los que tengan la última palabra sobre las disputas de tierras.

Bedoya advierte que permitir el control rogado o automático, “sería vulnerar el debido proceso” y cooptar el derecho que tienen los ciudadanos de acceder a la justicia.

Advierte que en las regiones, los procesos de notificación sobre los fallos son bien complejos y a veces inexistentes, lo cual podría derivarse en fallos de la Agencia de Tierras que no podrían ser apelados. Incluso, asegura que la influencia de grupos armados podría amedrentar a los campesinos que no estén de acuerdo con las decisiones del Gobierno.

Además, para Bedoya, el control automático no es suficiente y atenta contra lo que establece el acuerdo de paz en el punto de tierras. “El decreto ley 902 de 2017 dice que los procesos agrarios los definen los jueces de la República”, dijo Bedoya a La FM.

Se espera que la próxima semana el proyecto de ley ordinaria de la Jurisdicción Agraria pueda ponerse nuevamente en el orden del día de las plenarias de Senado y Cámara.


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