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CNE le negará personería jurídica a la Colombia Humana

En consecuencia, el senador Gustavo Petro quedaría por fuera del Estatuto de la Oposición.

Actualizado:
Jueves, Agosto 23, 2018 - 08:11
Gustavo Petro y Ángela María Robledo, en el Congreso
AFP
Gustavo Petro y Ángela María Robledo, en el Congreso de la República

La decisión del Consejo Nacional Electoral (CNE) de negar la personería jurídica al movimiento político Colombia Humana, que lidera el excandidato presidencial Gustavo Petro, no tendría revés:  cinco de ocho magistrados están sustentando razones para no darle el estatus de partido político a la organización.

El CNE aplazó para el próximo lunes la decisión sobre este caso, puesto que tendrán que nombrar dos conjueces para que se pueda obtener la votación mínima de seis y se produzca una resolución.

Sin embargo, todo indica que la decisión de no otorgar personería jurídica a la Colombia Humana se mantendrá y será una de las últimas determinaciones de este Consejo Nacional Electoral, que termina su periodo el 31 de agosto.

De acuerdo a la ponencia derrotada en sala plena de este miércoles, establece que "el grupo significativo de ciudadanos 'Colombia Humana' tiene el derecho al reconocimiento de la personería jurídica, previo cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 3 de la 130 de 1994, numerales 1, 2 y 4".

Según fuentes del CNE, los argumentos de varios de los magistrados de ese órgano electoral se basan en que Gustavo Petro llegó al Congreso de la República en nombre de una convergencia de sectores políticos que ya tenían personería jurídica, como la ASI y la Unión Patriótica (UP).

Otro de los argumentos sustentados en sala plena del CNE indica que tanto Gustavo Petro como Ángela María Robledo no llegaron al Congreso por una elección popular para conformar el Legislativo.

Los ex candidatos obtuvieron una curul atendiendo a una norma constitucional de la reciente reforma política de 2015, que establece que quienes queden de segundo como candidatos a la Presidencia y Vicepresidencia en una contienda electoral, tendrán derecho a ocupar una curul en Senado y otra en Cámara, respectivamente.

En días pasados, una ponencia se había puesto sobre la mesa de la sala plena del CNE para otorgarle personería jurídica solo a Gustavo Petro y Ángela María Robledo para que pueda ser parte del Estatuto de la Oposición, pero no se tuvo en cuenta.

Fuente:
Sistema Integrado de Información