CIDH destaca demoras de Duque y la Corte con la Ley Estatutaria de la JEP

La Comisión se mostró preocupada por la inexistencia de esta ley dos años después de aprobado el acuerdo.
El presidente Iván Duque en la Casa de Nariño, anunciando las objeciones a la Ley Estatutaria de la JEP
El presidente Iván Duque en la Casa de Nariño, anunciando las objeciones a la Ley Estatutaria de la JEP Crédito: Foto de Presidencia

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos manifestó su preocupación por la inexistencia de una Ley Estatutaria para la Jurisdicción Especial para la Paz, producto de las demoras que este trámite ha experimentado, entre otros, por cuenta de la Presidencia y de la Corte Constitucional.

"La Comisión observa con preocupación que a más de dos años de la firma del Acuerdo de Paz y a un año de su entrada en funcionamiento, la JEP no cuenta con una Ley Estatutaria. La Comisión insta al Estado colombiano a adoptar las medidas necesarias para avanzar en la definición y entrada en vigencia del marco normativo de la JEP, en respeto al principio de separación de poderes y a las decisiones de las autoridades que han intervenido en la aprobación y examen de constitucionalidad del Proyecto de Ley", sentencia la CIDH.

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La CIDH destacó que el presidente Iván Duque no haya sancionado esta ley del mismo modo que resaltó que la Corte Constitucional haya tardado cuatro meses para publicar la sentencia. Pero también destacó que la Corte resolviera rápidamente, en menos de un mes, la revisión de constitucionalidad de la ley aprobada por el Congreso.

"El 18 de julio el Congreso de la República expidió la Ley N° 1.922 del 2018 y mediante sentencia C-080 del 15 de agosto de 2018, la Corte Constitucional declaró la exequibilidad de la Ley Estatutaria de la JEP con modificaciones, restando aún la sanción presidencial al momento de la elaboración de este informe. En sus observaciones al proyecto del presente informe, el Estado se refirió que el proyecto de Ley Estatutaria fue analizado por la Corte Constitucional de Colombia durante el 2018, que dio a conocer el sentido del estudio de constitucionalidad de la norma en Comunicado de Prensa Nº 32 de 15 de agosto de 2018. No obstante, la Corte solo publicó su sentencia el 19 de diciembre de 2018 y ordenó devolver el escrito al Congreso de la República para su ajuste y posteriormente el envío al Presidente de la República para la sanción presidencial46. La CIDH toma nota de esta observación brindada por el Ilustre Estado de Colombia", dice el organismo en el más reciente informe sobre la situación de Colombia en materia de derechos humanos.

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