Colombia decidió que los candidatos Abelardo de la Espriella e Iván Cepeda irán a la segunda vuelta para definir quién de los dos estará gobernando el país durante los siguientes cuatro años, en reemplazo de Gustavo Petro en la Casa de Nariño.
Más de 23 millones de ciudadanos hicieron válido su derecho y deber al voto y serán los mismos que definan el futuro del país. No obstante, así como el 31 de mayo, los electores recibirán el 21 de junio de 2026 un certificado electoral que les permitirá acceder a una serie de beneficios, los cuales pueden hacer efectivos hasta dentro de un tiempo específico.
De acuerdo con la página oficial de la Registraduría Nacional del Estado Civil, el artículo 2° del Decreto 2959 de 1997 "señala que el certificado electoral se podrá utilizar por una sola vez para cada beneficio consagrado en la Ley 403 de 1997 y expirará con la realización de nuevas elecciones ordinarias".
Además, afirma que los días de descanso, la Ley indica que para el caso de jurados es de un día, "que debe ser tomado dentro de los 45 días siguientes a la elección", y que para los votantes es de mediodía, "el cual debe ser disfrutado dentro de los 30 días siguientes a la elección".

¿Cuáles son los beneficios por votar en segunda vuelta presidencial?
Pero el descanso no es el único beneficio que se otorga por votar. El Estado ha definido una serie de ítems, los cuales se reparten en diferentes estancias estatales, de las cuales una persona que decida votar puede disfrutar luego de ejercer su deber y derecho.
De acuerdo con la Registraduría Nacional del Estado Civil, estos beneficios son:
- Prelación en el caso de obtener un empate en los resultados de los exámenes de ingreso a las instituciones públicas o privadas de educación superior.
- Rebaja de un mes en el tiempo de prestación del servicio militar obligatorio si son soldados bachilleres o auxiliares bachilleres y dos meses si son soldados campesinos o soldados regulares.
- Beneficios en la adjudicación de becas educativas, predios rurales y subsidios de vivienda ofrecidos por el Estado en casos de igualdad de condiciones estrictamente establecidas en un concurso abierto. Un tratamiento similar tendrán en caso de igualdad de puntaje en una lista de elegibles cuando se trate de un empleo de carrera con el Estado.
- Los estudiantes de una institución oficial de educación superior tendrán derecho a un descuento del 10% en el costo de la matrícula, según el artículo 1, de la Ley 815 de 2003, con la cual se agregan nuevos estímulos al sufragante.
- Rebaja del 10% en el valor de la expedición del pasaporte que solicite durante los 4 años siguientes a la votación, por una sola vez.
- Descuento del 10% del valor en el trámite inicial y expedición de duplicados de la Libreta Militar; por duplicados de la cédula de ciudadanía, del segundo duplicado en adelante y a media jornada de descanso compensatorio remunerado por el tiempo que utilice para sufragar.
Es decir, los colombianos que ejerzan el voto pueden ahorrar parte de su capital con los beneficios de las elecciones al tener un descuento del 10% en la adquisición de documentos, así como en las matrículas en entidades de educación superior.
Además, los interesados en acceder a becas o adquirir viviendas, también podrán verse beneficiados en el país por haber ejercido el derecho al voto.

Algunas excepciones
Aunque el descuento económico sí aplica para las instituciones estatales de educación superior, no es así con las de carácter privado; que, de acuerdo con la Registraduría, no tienen espacio en este beneficio: "... no es aplicable para las instituciones privadas".
Asimismo, si un estudiante fue jurado no aplicará el tiempo de descanso del cual sí disfruta el colombiano que se emplee. Así lo justifica la entidad citada en el presente artículo: "Los jurados que son empleados públicos o privados son los únicos que tienen este beneficio. Los pocos estudiantes que son designados como jurados de votación no cuentan con un empleador que les otorgue este día compensatorio".
Tampoco descansarán si votan, que no "cuentan con un empleador que les otorgue este día compensatorio. Su beneficio consiste en el descuento del 10% en la matrícula, si estudia en una institución oficial de educación superior", indica la Registraduría.
¿Qué puede hacer si perdió su certificado de elecciones?
"El ciudadano que pierda su certificado electoral debe enviar una carta a la Delegación Departamental de la Registraduría que corresponda indicando el lugar y mesa de votación. Si no recuerda dónde votó, podrá consultar su puesto ingresando a www.registraduria.gov.co, y la delegación le expedirá la certificación correspondiente", indica la página oficial de la Registraduría.