Así es el proyecto que busca tener tres días sin IVA en Colombia

La exención de este impuesto se daría en los meses de enero, julio y diciembre cada año.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) prendió las alarmas.
La Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (Dian) prendió las alarmas. Crédito: Ingimage

El Centro Democrático ya tiene listo y redactado un proyecto de ley para cumplir con una de las promesas de campañas hechas por él presidente Iván Duque, relacionada con la exención del impuesto del IVA durante tres días en Colombia.

Según el texto de la iniciativa, conocido por La FM, el impuesto no se cobraría en el segundo día festivo del mes de enero (Reyes), el 20 de julio (festivo día de la independencia) y el segundo sábado del mes de diciembre de todos los años.

¿Que productos serían exonerados del IVA?

La norma establece una serie de productos que estarán exentos del cobro del IVA, los cuáles son:

Complementos de vestuario: morrales, maletines, bolsos de mano, carteras, gafas de sol, paraguas, pañoletas, bisutería, cuyo precio de venta por unidad sea igual o inferior a 12 UVT (alrededor de 411.000 pesos, teniendo en cuenta que cada UVT equivale a 34.270 pesos).

Electrodomésticos, cuyo precio de venta no exceda el 1.700.000 pesos.

Elementos deportivos, cuyo precio de venta por unidad no exceda los 411.000 pesos.

Juguetes y juegos, cuyo precio de venta por unidad no sobrepase los 205.000 pesos.

El vestuario cuyo precio de venta sea igual o inferior a los 411.000 pesos.

Los útiles escolares que no sobrepasen los 137.000 pesos.

Los productos de aseo personal que tengan un valor igual o inferior a 17.000 pesos.

Y los elementos de aseo para el hogar, cuyo valor por unidad no supere los 34.270 pesos.

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El proyecto de ley establece que los comerciantes que cumplan esta disposición, tendrán derecho a “impuestos descontables en el impuesto sobre las ventas- IVA” siempre y cuando cumpla las disposiciones consagrados en el Estatuto Tributario.

Asimismo, la inciativa contiene una serie de requisitos que obligatoriamente tendrían que aplicarse para poder acceder a los beneficios que trae la exoneración del IVA durante estos tres días al año.

Por ejemplo, se establece que esta medida sólo será aplicable para establecimientos comerciales legales, la forma de pago deberá ser electrónica, la factura no podrá dejar de ser emitida, y el consumidor solo podrá adquirir hasta tres unidades del mismo bien cubierto.

El proyecto de ley será radicado en las próximas horas en el Congreso de la Republica por parte de la senadora María del Rosario Guerra.


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