Tribunal tumba decreto que nombró a Eduardo Montealegre como ministro de Justicia

De acuerdo con el Tribunal Administrativo de Cundinamarca en este caso se vulneró la llamada cuota de género.
Tribunal anuló decretó que nombró a Eduardo Montealegre como ministro de Justicia
Tribunal anuló decretó que nombró a Eduardo Montealegre como ministro de Justicia Crédito: Ilustración La FM | Colprensa | Tribunal Administrativo de Cundinamarca

Los magistrados del Tribunal Administrativo de Cundinamarca anularon el decreto con el que el presidente Gustavo Petro, designó el 13 de junio del año pasado a Eduardo Montealegre como ministro de Justicia y del Derecho

La decisión fue adoptada por parte de los magistrados de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca Fabio Iván Afanador García, Luis Norberto Cermeño y Ana Margoth Chamorro Benavides.

En el fallo se señala que aunque en su oportunidad Eduardo Montealegre renunció a su cargo como ministro de justicia, su designación vulneró la llamada cuota de género en el cuerpo de ministros.

A través de un fallo de 16 páginas el Tribunal resolvió: “Declarar la nulidad del Decreto 0647 del 13 de junio de 2025 que nombró a Luis Eduardo Montealegre Lynett en el empleo de ministro”.

En su momento los demandantes plantearon que “La Rama Ejecutiva del poder público se compone de 19 ministerios, de los cuales 10 están ocupados por ministros de género masculino y 9 por ministras de género femenino”

Ante ello se concluyó que esta proporción de ministros incumple la cuota de género que establece la participación igualitaria de las mujeres en los cargos de nivel decisorio.

“Refirieron que la disposición es aplicable a los jefes de las 19 carteras ministeriales y con el nombramiento de Luis Eduardo Montealegre Lynett como ministro de justicia, el número de ministras fue de 9, es decir 47,36%, cifra que no alcanza el 50% señalado por la norma”, señala la decisión.

¿Qúe planteó el Gobierno Nacional?

El Departamento Administrativo Presidencia de la República se opuso a las pretensiones de esta demanda. Sostuvo que el decreto no desconoció la ley porque su efectividad estaba sujeta a la reglamentación del Gobierno Nacional, la cual no contemplaba un listado específico de cargos a los que se aplicaría.

El Gobierno también planteó que la incorporación de mujeres en cargos decisorios debe responder a la disponibilidad de vacantes, la estructura organizacional y la dinámica institucional.

“la verificación debe hacerse sobre el conjunto de cargos de nivel decisorio, no respecto de nombramientos individuales”, insistió en su momento el Dapre.



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