Tribunal ordena al presidente Petro rectificar afirmaciones sobre supuesto fraude en las pasadas elecciones

También le ordenó al presidente Gustavo Petro abstenerse de realizar nuevos señalamientos similares sin tener evidencias con miras a no afectar las próximas elecciones presidenciales.
Presidente Gustavo Petro
Presidente Gustavo Petro Crédito: Cortesía

El Tribunal Administrativo de Cundinamarca le ordenó al presidente Gustavo Petro rectificar, en un plazo de tres días, sus afirmaciones sobre supuesto fraude en las pasadas elecciones legislativas.

“Ordenar al señor Presidente de la República que dentro de los tres días siguientes a la notificación de la presente providencia rectifique por el mismo medio utilizado (red social X) y con características similares las afirmaciones sobre la ocurrencia de fraude electoral en los comicios para Senado de la República 2014 (partido Mira) y 2022 (coalición Pacto Histórico) y elecciones legislativas de 2026”, señala el Tribunal.

De igual forma, le ordenó al jefe de Estado que se abstenga de realizar nuevos señalamientos de ese tipo o similares sin tener evidencias con miras evitar que se afecten los próximos comicios presidenciales.

“Ordenar al señor Presidente de la República que se abstenga de emitir afirmaciones iguales o similares a las referidas en el ordenamiento anterior, sin evidencia sólida y razonable, con respecto al proceso electoral del 8 de marzo de 2026 y a los venideros de 2026 (primera vuelta presidencial, 31 de mayo de 2026, y eventual segunda vuelta presidencial, 21 de junio de 2026) dirigidas a cuestionar la confiabilidad de la Organización Electoral integrada por la Registraduría Nacional del Estado Civil y el Consejo Nacional Electoral”, indica el fallo.

Así mismo, le recordó al Presidente Petro los deberes que le corresponden como Jefe de Estado a fin de procurar la colaboración armónica con los demás órganos del Estado en la presente coyuntura electoral, en particular en un contexto de respeto por la independencia de la Organización Electoral, integrada por el Consejo Nacional Electoral y la Registraduría Nacional del Estado Civil.

La decisión fue adoptada por el magistrado Luis Manuel Lasso Lozano, magistrados de la Sección Primera del Tribunal Administrativo de Cundinamarca quien decretó las medidas cautelares.

Para el magistrado se acreditó el elemento según el cual sería más lesivo para el interés público negar la medida cautelar que concederla porque constituye una afectación de grandes proporciones poner en duda, sin la fundamentación debida,la confiabilidad de la Organización Electoral en tanto compromete la estabilidad social y la convivencia.

“Porque las afirmaciones infundadas del señor Presidente de la República constituyen una amenaza de perjuicio irremediable en tanto se refieren a una cuestión compleja para el funcionamiento de los poderes públicos, pues terminan por poner en vilo la legitimidad de quienes por virtud de la representación popular habrán de ejercer el poder del Estado en el próximo cuatrienio, dijo el magistrado Lasso Lozano.


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