El Tribunal Superior de Bogotá dejó en firme la decisión de un juez de primera instancia y declaró improcedente la acción de tutela interpuesta por el Ministerio de Salud en contra del Instituto Nacional de Medicina Legal con la que pretendía obligar a esa entidad a que entregara directamente el informe de necropsia del niño de siete años Kevin Arley Acosta Pico quien padecía hemofilia.
El caso de este menor generó el rechazo a nivel nacional tras las denuncias de su familia y la investigación preliminar de la Procuraduría General de la Nación sobre una presunta negligencia de la Nueva EPS que lo habría llevado a su muerte tras no recibir de manera oportuna los medicamentos para el tratamiento de su enfermedad.
La determinación fue adoptada por parte de la Sala Penal del Tribunal Superior de Bogotá que ratificó la tutela proferida el pasado 14 de abril por “el Juzgado 6 Penal del Circuito Especializado d e Bogotá, mediante el cual declaró improcedente el amparo invocado por Rodolfo Enrique Salas Figueroa, en su calidad de Secretario General y Director Jurídico (E) del Ministerio de Salud y Protección Social contra el Instituto Nacional de Medicina Legal”.
En la decisión se confirma que la información forense del menor está protegida y su entrega directa está sujeta a reserva judicial para garantizar el curso de las investigaciones de las autoridades competentes como la Fiscalía.
“Por tal razón esta Entidad no se encuentra facultada para entregar algún tipo de información y/o copias de los informes periciales emitidos - Artículo 270 - Ley 906 de 2004 (Sentencia C980/2005) teniendo en cuenta que la información contenida posee carácter de reserva y hace parte de una investigación de tipo penal dirigida por la Fiscalía General de la Nación”, señala la decisión.
En el fallo de tutela, se reportó que una vez concluido el proceso de necropsia practicado al cuerpo del menor el respectivo informe iba ser dirigido a la Fiscalía 51 Seccional de la unidad de vida de Bogotá, despacho judicial que tiene asignado el proceso.
El Tribunal Superior de Bogotá enfatizó que en este caso no se advierte una vulneración a los derechos fundamentales del Ministerio de Salud, ya que Medicina legal fue clara en justificar el por qué no podía atender su petición relacionada con el caso del menor Kevin a Acosta.
¿Qué encontró la procuraduría en su investigación?
El informe revelado por la Procuraduría sobre las circunstancias del fallecimiento del menor determinó que la falta de suministro del medicamento conocido como Emicizumab habría puesto al niño en una situación clínica crítica.
Según la Procuraduría la falta de suministro oportuno del medicamento requerido para tratar la hemofilia, indispensable para la supervivencia del menor Kevin Acosta, “incidió en el deterioro de su estado de salud y posterior fallecimiento el pasado 13 de febrero”.
En desarrollo del proceso se estableció que el niño estuvo prácticamente dos meses sin recibir el medicamento, pues Medicarte, la IPS que lo atendía, había suspendido la entrega del medicamento a sus pacientes por falta de pago de la Nueva EPS.
“La IPS Integral, que debía recibir a los pacientes de Medicarte, no pudo asumir ese compromiso porque la Nueva EPS tampoco le giraba recursos”, indicó el Ministerio Público.