Fiscalía pide a la Corte Constitucional tumbar el plebiscito por la paz

La petición fue hecha este viernes en horas de la mañana por el fiscal general Eduardo Montealegre.
Archivo La FM
Crédito: La FM

A través de un comunicado, el jefe del ente acusador Eduardo Montealegre dio a conocer que ante la Corte Constitucional solicitó se declare inexequible el plebiscito por la paz como mecanismo de refrendación de los acuerdos a los que se llegue en La Habana (Cuba), en el marco de las negociaciones que adelanta el Gobierno con la guerrilla de las Farc.

"El plebiscito no puede ser vinculante para la aprobación del acuerdo final. El presidente, tiene plenas facultades constitucionales para adelantar y llevar a buen término un proceso de paz".

La petición figura en un concepto radicado a nombre de la Fiscalía General en el proceso de revisión que se adelanta al proyecto de Ley Estatutaria del plebiscito para la paz.

La solicitud está fundamentada en los siguientes puntos:

1. El Gobierno Nacional tiene la obligación constitucional de adoptar todas las medidas necesarias para garantizar los derechos de los ciudadanos, incluido el derecho a la paz. Los trámites, acciones y compromisos adquiridos por el gobierno en las negociaciones con las Farc, se han logrado en el marco de estas facultades constitucionales. Si bien la participación popular es un elemento valioso en una democracia, esto no puede implicar que las facultades del Presidente de la República para alcanzar la paz tengan que estar condicionadas al veredicto de la ciudadanía.

2. El desarrollo constitucional y legal del acuerdo final para la terminación del conflicto, no puede estar sometido a un resultado electoral. Debe desarrollarse en el marco de las facultades constitucionales del Gobierno, el Congreso, la Rama Judicial, los Organismos de Control y las Entidades Públicas para lograr la paz.

3. Debido a que en el articulado del proyecto de Ley Estatutaria se establece que la decisión adoptada a través del plebiscito tendrá carácter vinculante para efectos del desarrollo del acuerdo y a que se dispone la obligación de acatar el resultado de la votación, el Fiscal General de la Nación concluyó que el proyecto de Ley parte de un supuesto erróneo, según el cual, adelantar y culminar un proceso de paz en Colombia requiere refrendación. Esto es contrario a la Constitución.

4. Este proyecto de Ley implica una reforma constitucional de facto, porque modifica las competencias de las distintas Ramas del Poder Público frente al derecho a la paz. El Fiscal Eduardo Montealegre Lynett considera que en el evento de ganar el NO, se limitarían las facultades constitucionales del poder público para alcanzar e implementar la paz, lo cual sería contrario a la Constitución.

5. En conclusión: el plebiscito no puede ser vinculante para la aprobación del acuerdo final. El Presidente, tiene plenas facultades constitucionales para adelantar y llevar a buen término un proceso de paz.

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