Fiscalía dice que fue ajena a frustrada audiencia de José Elías Melo

El expresidente de Corficolombiana es investigado por el escándalo de la multinacional Odebrecht.
José Elías Melo, expresidente de Corficolombiana
José Elías Melo, expresidente de Corficolombiana Crédito: Foto de Colprensa

La Fiscalía General de la Nación emitió un comunicado luego de que se frustrara la audiencia contra José Elías Melo, expresidente de Corficolombiana. De acuerdo con el ente acusador, falta de documentación desde Brasil impidió que se avanzara en el proceso. "La audiencia pública convocada para el día 3 de diciembre de 2018, con el fin de continuar el juicio contra el señor José Elías Melo, se frustró por cuanto para la misma no se había recibido de las autoridades judiciales brasileras el acta de compromiso de tres ex directivos brasileros de rendir testimonio, documento requerido para que ellos rindieran declaración virtual desde el Ministerio Público brasilero", señaló el ente acusador.

En 2017, la Fiscalía General de la Nación le imputó a José Elías Melo Acosta, expresidente de Corficolombiana, los delitos de cohecho por dar u ofrecer e interés indebido en la celebración de contratos. El ente acusador manifestó que las investigaciones se fundamentan en testimonios de directivos y socios de la firma brasileña Odebrecht, que advierten el pago de sobornos de esta multinacional, tanto a funcionarios estatales como a particulares, en más de 11 países del continente.

Según la investigación, se trata del pago de dádivas para la adjudicación irregular de contratos para la construcción de las obras de la doble calzada Ruta del Sol II, que conecta al interior del país, desde el municipio de Puerto Salgar (Cundinamarca) hasta San Roque (Cesar), considerado el proyecto vial más costoso de importante de los últimos años.

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“Se hicieron pagos de sobornos para beneficiar a Odebrecht y a Episol, filial de Corficolombiana en cabeza de Melo Acosta, adjudicación llevada a cabo por el exviceministro Gabriel García Morales, pagos exigidos a José Luiz Bueno Junior, presidente de Odebrecht en Colombia”, sostuvo la fiscal al hacer la imputación. Como es de recordar, Bueno Junior ofreció colaboración para develar los millonarios pagos de la firma constructora en varios países y actos de corrupción y lavado de activos en los Estados Unidos.

Según las declaraciones entregadas por funcionarios brasileños de la firma Odebrecht, Melo Acosta sabía claramente de los pagos irregulares hechos por medio de la firma Estudios y Proyectos del Sol S.A.S. (Episol), que alcanzan una cifra superior a los 16 mil millones de pesos. “De acuerdo al seguimiento y trazabilidad de las investigaciones, estos dineros terminaron en el principado de Andorra (Europa)”, sostuvo la delegada del ente acusador.

Asimismo, indicó la fiscal que esta afirmación está soportada en testimonios entregados por el expresidente de Episol, Mauricio Millán Drews, quien en su momento sostuvo que fueron movimientos económicos muy sospechosos. “Según Millán Drews, al preguntarle al señor Melo Acosta sobre estas cantidades de dinero, este le manifestó que no debía preocuparse, que eran gastos operacionales, por concepto de consultorías; lo que le causó aún más sospechas porque no existían los estudios técnicos al respecto”, señaló la Fiscalía.

El que no se llevara a cabo la audiencia el pasado 3 de diciembre provocó un llamado de atención del juez 14 de conocimiento a Juan Alberto Delgado, fiscal del caso. Por ello, la Fiscalía hizo las aclaraciones.

El comunicado completo de la Fiscalía General de la Nación

1. La audiencia pública convocada para el día 3 de diciembre de 2018, con el fin de continuar el juicio contra el señor José Elías Melo, se frustró por cuanto para la misma no se había recibido de las autoridades judiciales brasileras el acta de compromiso de tres ex directivos brasileros de rendir testimonio, documento requerido para que ellos rindieran declaración virtual desde el Ministerio Público brasilero.

2. Mediante comunicación del 25 de octubre de 2018, la Procuraduría de Brasil exigió al Estado colombiano la suscripción del “Acuerdo de Compromiso de Especialidad y Limitación del uso de Pruebas” en el que requería que la Fiscalía de Colombia se comprometiera a no utilizar ninguna prueba contra los colaboradores brasileros, contra cualquiera de las empresas del grupo Odebrecht y Braskem o contra cualquier otro colaborador del Ministerio Público Federal Brasileño (…). “Así mismo exigía al Estado colombiano no utilizar las pruebas para instruir acciones penales, acciones civiles o procesos administrativos en su jurisdicción”.

3. El 28 de noviembre 2018, la Fiscalía de Colombia consideró improcedentes las exigencias de la Procuraduría brasilera y, en consecuencia, solicitó permitir los testimonios únicamente a cambio de que la autoincriminación de los testigos en los hechos a que se refiere su testimonio, no tengan efectos en la jurisdicción colombiana contra ellos.

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4. En la tarde del lunes 3 de diciembre del 2018, luego de que el juez de conocimiento aplazó la audiencia del Sr. José Elías Melo, el Ministerio Público de Brasil aceptó la solicitud de la Fiscalía General de la Nación e hizo llegar el acta de compromiso de los ciudadanos brasileros, en los términos propuestos por la Fiscalía colombiana. Es decir, se aceptó que ellos colaboraran con la justicia colombiana sin que eso tenga efectos de autoincriminación y quedarán a salvo todas las actuaciones de Colombia que ha dado lugar a órdenes de captura contra ex directivos de la multinacional.

5. Corresponde ahora dar trámite al principio de oportunidad solicitado por los cooperantes extranjeros, sobre la base del Acta de Compromiso enviada por las autoridades brasileras el pasado lunes y, surtido este, proceder a la recepción de los testimonios de los exdirectivos brasileros en la audiencia que se celebrará el próximo 21 de enero.

6. En abril del año en curso, el abogado de la defensa de los exdirectivos de Odebrecht había solicitado a la Fiscalía General de la Nación “el retiro de petición de control de legalidad que otorga el principio de oportunidad”. Por tal motivo, no se dio curso en la oportunidad legal a la aprobación judicial de los tres principios de oportunidad.

7. Desde el inicio de la investigación por las irregularidades en la adjudicación en el contrato de concesión “Ruta del Sol II” y en la adición del contrato para la construcción del tramo Ocaña - Gamarra, en diciembre de 2016, los ex directivos brasileros de la firma Odebrecht han colaborado con la Fiscalía General de Colombia, identificando los beneficiarios en este país de los pagos de sobornos en los casos que fueron identificados por la justicia internacional: los 6.5 millones de dólares por el contrato de “Ruta del Sol II” y los 4.6 millones de
dólares por la suscripción irregular de la adición al contrato para la construcción del tramo Ocaña - Gamarra.

8. Dado que su cooperación fue eficaz, la Fiscalía procedió, en su momento, al trámite de un principio de oportunidad en la modalidad de suspensión de la acción penal, con base en el Artículo 324 del Código de Procedimiento Penal, que permite este beneficio “cuando el autor o partícipe en los casos de cohecho formulare la respectiva denuncia que da origen a la investigación penal, acompañada de evidencia útil en el juicio, y sirva como testigo de cargo, siempre y cuando repare de manera voluntaria e integral el daño causado”, como en efecto ocurrió en el caso que nos ocupa.

Por todo lo anterior, es claro que la audiencia del Sr. José Elías Melo no se llevó a cabo este lunes 3 de diciembre porque el Ministerio público de Brasil no se había pronunciado dejando incólume la investigación penal a cargo de la jurisdicción colombiana, sin perjuicio de los beneficios exclusivamente para los brasileros que han recibido principio de oportunidad.


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