¿Por qué sí estarían inhabilitados los ternados para fiscal ad hoc?

El abogado Iván Cancino dijo que Margarita Cabello Blanco no puede ser escogida por quienes ella misma en el pasado eligió como magistrados.
En el Palacio de Justicia se dará la histórica decisión sobre el fiscal ad hoc.
Crédito: RCN Radio

Todo parece indicar que los posibles impedimentos e inhabilidades de la terna para que la Corte Suprema de Justicia elija un fiscal ad hoc para los casos relacionados con el caso Odebrecht se tomarán ahora la agenda del país.

Pese a que el presidente Iván Duque defendió en RCN Radio que no hay ninguna inhabilidad con Margarita Leonor Cabello Blanco, Leonardo Espinosa Quintero y Clara María González Zabala, hay quienes consideran que el Jefe de Estado cometió una cadena de errores con esa postulación.

El abogado Iván Cancino dijo que dentro de los candidatos sí hay serios problemas para ser elegidos por la Corte por diferentes razones.

Por ejemplo, dijo que Margarita Cabello Blanco ha participado en el pasado de la elección de la mayoría de sus compañeros en la Corte. Por eso, a la luz de la reforma de Equilibrio de Poderes, no puede ser escogida por quienes ella eligió.

En caso de nombrarse conjueces eso no resuelve el problema porque éstos no tienen facultad electoral. Y es que apenas máximo once magistrados podrían votar al tener que declararse impedidos entre 15 y 16 de los togados”, explicó el abogado.

Frente al caso de Clara María González, Cancino dijo que siendo secretaria jurídica de la Casa de Nariño, en cierta medida ella misma participó en la conformación de la terna. De ahí entonces el impedimento.

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De acuerdo al jurista, el único que podría ser elegido dentro de la terna sería Leonardo Espinosa al reunir todas las condiciones para asumir como fiscal ad hoc en la elección de la Corte.

Y otro de los puntos que cuestionó Cancino hace referencia a la especialidad de los ternados. Cuestionó que no sean penalistas cuando para el caso concreto de Odebrecht debería contar con esa experiencia.

Si fuera un Fiscal General no tendría que ser penalista, pero para este caso se requiere con esa especialización por los términos de la misma investigación. Es realmente preocupante que ninguno tenga cómo llevar la indagación penal”, señaló.

Finalmente, dijo que cuando se nombra fiscal ad hoc está escrito todo frente a las inhabilidades e impedimentos y no se pueden aplicar analogías para su elección y designación. Sin embargo, aclaró que el fiscal ad hoc no tiene una remuneración específica, algo que sería otro inconveniente para Margarita Cabello Blanco y Clara María González pues deberían renunciar o pedir una licencia no remunerada para asumir ese encargo sin salario.


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