La Corte Constitucional tumbó el decreto resultante de la emergencia en La Guajira y que adoptaba medidas especiales con respecto al sector educación, con el que se otorgaba a las entidades territoriales la potestad de disponer de recursos de la Nación para el funcionamiento del Plan de Alimentación Escolar (PAE).
El tribunal concedió efectos diferidos a la determinación, debido a que el agua potable está directamente relacionada con el derecho a la alimentación, por lo que la Sala Plena decidió otorgar un año de plazo para que esta iniciativa del Gobierno se regule en el Congreso.
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