En medio de la polémica y las opiniones divididas que generó el anuncio del presidente Abelardo De La Espriella sobre autorizar nuevamente el porte de armas, se conoció un nuevo pronunciamiento del vocero del Gobierno, Miller Soto, quien aclaró varios puntos clave.
"Levantar la suspensión general no es autorizar el porte libre de armas. El decreto restablece la eficacia de los permisos individuales que estén vigentes y que cumplan todas las condiciones que ya exigen la ley y la Constitución”, aclaró Soto.
Igualmente, aclaró que el decreto no crea un derecho nuevo, no legaliza el porte sin permiso, no elimina ningún control y no habilita a cualquiera para salir a la calle con un arma. “El permiso tiene que estar vigente y el arma tiene que estar específicamente amparada por ese permiso”, dijo.
Según lo explicado, en los casos en los que los permisos vencieron, fueron suspendidos, cancelados, revocados o si existe alguna prohibición legal o jurídica, el nuevo decreto no autoriza a que estas personas puedan portar armas. Tampoco habilita si el permiso autoriza solamente la tenencia.
“El decreto devuelve eficacia a lo que ya era legal. No borra ninguna de las restricciones que antes existían”, agregó el funcionario.
De acuerdo a cifras oficiales, entre el 1 de enero y el 3 de septiembre de este año, la Fuerza Pública incautó 15.700 armas de fuego. De esa cantidad, 14.179 estaban relacionadas con la comisión de delitos, incluidas conductas asociadas con la fabricación, el tráfico y el porte ilegal.
“Las armas ilegales, las redes que las trafican y las estructuras criminales que las utilizan tienen que seguir siendo perseguidas con toda la fuerza y la capacidad del Estado”, sentenció el vocero.
Sobre los permisos y autorizaciones, el vocero aclaró que las autoridades militares mantienen la facultad de expedirlos, revalidarlos, suspenderlos, cancelarlos o revocarlos. La policía y las demás autoridades siguen con plena capacidad de inspección, vigilancia, incautación y decomiso.
“El presidente está restableciendo el régimen ordinario de los permisos tal como lo prometió, con las reglas establecidas por la ley, con los mismos controles y con la autoridad del Estado plenamente vigente. El Estado mantiene el monopolio sobre las armas”, agregó.
Para el Gobierno, la medida busca que los ciudadanos que cumplen con la norma y los pagos de Ley puedan portar sus armas, pero ceñidos a la norma y respetando a la autoridad.
“Corresponde al Gobierno seguir haciendo lo que tiene que hacer: proteger a los ciudadanos que cumplen la ley y perseguir sin descanso a quienes utilizan las armas para amenazar la vida, la seguridad y el orden público”, puntualizó.
Claves del tema: cuatro preguntas
¿El decreto permite que cualquier ciudadano porte armas libremente?
No. El decreto no autoriza el porte libre de armas ni crea un nuevo derecho. Solo restablece la eficacia de los permisos individuales que estén vigentes y cumplan las condiciones establecidas por la ley y la Constitución.
¿Qué ocurre con una persona cuyo permiso está vencido, cancelado o revocado?
No puede portar el arma. La medida no habilita a quienes tengan permisos vencidos, suspendidos, cancelados o revocados, ni a quienes tengan alguna prohibición legal o jurídica. Tampoco permite portar un arma cuando el permiso únicamente autoriza su tenencia.
¿Las autoridades mantienen los controles sobre las armas?
Sí. Las autoridades militares conservan la facultad de expedir, revalidar, suspender, cancelar o revocar permisos. Además, la Policía y otras autoridades mantienen sus funciones de inspección, vigilancia, incautación y decomiso.
¿Cuántas armas de fuego ha incautado la Fuerza Pública este año?
15.700 armas entre el 1 de enero y el 3 de septiembre. De ese total, 14.179 estaban relacionadas con la comisión de delitos, incluidos hechos asociados con fabricación, tráfico y porte ilegal.