La Corte Suprema ratifica la condena contra Laude Fernández por las chuzadas ilegales a pilotos de Avianca

El exfuncionario del DAS deberá permanecer en prisión por vigilar a miembros del sindicato Acdac.
Laude José Fernández, exdirector de inteligencia del DAS
Laude José Fernández, exdirector de inteligencia del DAS Crédito: Colprensa

La Sala de Casación Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la condena de cuatro años de prisión que el Tribunal Superior de Bogotá le impuso en noviembre de 2022 a Laude José Fernández Arroyo, exdirector de inteligencia del extinto Departamento Administrativo de Seguridad (DAS).

Con ponencia del magistrado Diego Corredor Beltrán y una sentencia de cuarenta páginas, la Sala rechazó la demanda de casación que Fernández presentó para tumbar el fallo que lo envió a la cárcel por concierto para delinquir agravado y violación de datos personales.

Entre 2017 y 2018, Fernández se asoció con el teniente coronel retirado Jorge Humberto Salinas, gerente de JHS Consultores, una empresa caleña que ofrecía servicios de interceptación informática y obtención de bases de datos privadas. La Fiscalía allanó la compañía por ser parte de una red de chuzadas.

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La justicia determinó en varias instancias que la asociación entre Fernández y Salinas significó "una organización criminal con vocación de permanencia", un "entramado" en el que participaron Roberto Montenegro Aguiar y Luis Gómez Góngora, investigadores del CTI.

El exfuncionario del DAS, quien aceptó los cargos, era entonces director de Consulting Colombia SAS, una organización con un vasto catálogo de "inteligencia corporativa", recaudo de información y apoyo en litigios, que le prestaba sus servicios a varias empresas, como Avianca.

Protesta

Fernández le pidió a Salinas acceder a información de los trabajadores sindicalizados de la aerolínea, particularmente de los capitanes Jaime Hernández sierra y Julián Gustavo Pinzón, representantes de la Asociación Colombiana de Aviadores civiles (ACDAC).

"Con el propósito de hacer efectivo su cometido criminal, el acusado proporcionó al investigador Montero Aguiar los abonados celulares de los antes mencionados, a efectos de obtener de ellos sus conversaciones vía WhatsApp y otras aplicaciones", reseñó la Corte Suprema.

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ACDAC protagonizó un paro desde el 20 de septiembre de 2017. La huelga incluyó a unos 702 pilotos, la mitad de la plantilla de Avianca. La Defensoría del Pueblo intervino, y la protesta terminó en noviembre. La compañía anunció procesos disciplinarios contra quienes participaron.

Según Avianca, en los cincuenta días de cese de actividades unos 400.000 pasajeros fueron afectados por la cancelación de cerca de 13.000 vuelos. La aerolínea dejó de recibir 2,5 millones de dólares por cada día de paro. ACDAC y la Defensoría llegaron a un acuerdo de seis puntos.

La Fiscalía imputó a Laude Fernández en noviembre de 2018, y entre trámites procesales y movimientos de juzgados el caso se extendió hasta 2022. En principio, la imputación incluía el delito de violación ilícita de comunicaciones, que prescribió, o sea, no llegó hasta la condena.

Condena

El exfuncionario quería obtener la prisión domiciliaria, así que impugnó la condena. Ni el juzgado de primera instancia ni el Tribunal en segunda avalaron el subrogado. Fernández y su defensa acudieron a la casación, que la Sala de Casación Penal de la Corte rechazó.

Uno de los argumentos para pedir detención domiciliaria o suspensión de la pena era que Fernández debía encargarse de su pareja y de sus hijas. La Corte desestimó el alegato, pues "no se acreditó el presupuesto esencial de padre cabeza de familia del procesado".

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"No desconoce la Sala que el proceso penal tiene implicaciones profundas, no solo para el procesado, sino para su familia. Sin embargo, ello no es suficiente para conceder sin más la prisión domiciliaria como padre de familia", porque las menores cuentan con una "familia extendida".

De hecho, una de las menores por las que Fernández pedía pasar el tiempo de la pena en su casa ni siquiera es su hija biológica, así que el exdirector de inteligencia no está "obligado por mandato legal a prestar la ayuda requerida por la menor", según explicó la Sala.

La Corte, además, precisó que Fernández aceptó haber cometido concierto para delinquir agravado —es decir, asociarse con otras personas para cometer crímenes por un buen tiempo—, un delito que no admite la posibilidad de pasar la condena en la residencia.


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