Suspenden por cuatro meses a Augusto Posada, expresidente del FNA

Las investigaciones tienen que ver con presuntas irregularidades en contratación con una aseguradora.
La sede en Bogotá del Fondo Nacional del Ahorro
La sede en Bogotá del Fondo Nacional del Ahorro Crédito: Foto del FNA

La Procuraduría General de la Nación suspendió por cuatro meses al expresidente del Fondo Nacional del Ahorro (FNA), Augusto Posada Sánchez, por presuntas irregularidades en procesos de contratación al interior de esa entidad. Las investigaciones también se adelantan contra el exjefe de la Dirección Administrativa, Roberto Pablo Silva Galvis, quien fue sancionado por seis meses.

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De acuerdo con esa entidad, los exfuncionarios firmaron un contrato para la compra de una póliza de riesgos financieros con la firma aseguradora Mapfre, al parecer, sin cumplir con los requisitos establecidos para ese tipo de compras.

“Los exfuncionarios participaron en actividad contractual con desconocimiento del principio de legalidad de la función administrativa, e incumplieron los deberes propios de sus cargos al tomar la póliza de infidelidad y riesgos financieros No. 2201215003850 con la aseguradora Mapfre y adelantar el proceso de contratación FNA-DA-PRIV-113-2015, surtido a través de la modalidad de solicitud privada cuando debió realizarse un proceso de solicitud pública", dijo la Procuraduría a través de un comunicado.

Entre las presuntas irregularidades, la Procuraduría encontró que dicho proceso tampoco se informó o se publicó en el Sistema Electrónico para la Contratación Pública (Secop).

La Procuraduría manifestó que el expresidente del FNA “no actuó con la diligencia debida y el cuidado necesario al tomar la póliza, sin percatarse que el proceso de selección se adelantó en una modalidad contraria a la que el manual de contratación de la entidad exigía”.

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Esa entidad informó también que la decisión de suspensión se da en primera instancia, por lo que los exfuncionarios podrán apelar el fallo disciplinario en su contra.

“La Procuraduría calificó definitivamente las faltas de los disciplinados como graves, a título de culpa gravísima”, destaca otro de los apartes del fallo.


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