Niegan libertad a Salvatore Mancuso pese a designación como gestor de paz

La Corte Suprema ratifica negativa de libertad a Salvatore Mancuso por falta de proporcionalidad y contribución real a la verdad y reparación de las víctimas.
La Corte Suprema ratifica negativa de libertad a Salvatore Mancuso como gestor de paz: falta proporcionalidad en medida.
Exjefe paramilitar Salvatore Mancuso testifica virtualmente en juicio contra Álvaro Uribe, revelando detalles de encuentro con Comisión del Senado. Crédito: Camila Díaz - La FM

La Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia ratificó la negativa de libertad del exjefe de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), Salvatore Mancuso Gómez, al ser designado mediante resolución presidencial como gestor de paz.

La Sala explicó que la libertad de Mancuso Gómez no guarda relaciones con los derechos de las víctimas y la justicia, pues advirtieron falta de proporcionalidad en la medida pretendida por el Gobierno Nacional.

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“Al analizar el alcance de la paz en relación con la justicia y los derechos de las víctimas, se advierte la falta de proporcionalidad de la medida pretendida por el Gobierno Nacional”, se lee en la decisión.

Los magistrados de la corte aclararon que si bien, la suspensión de las medidas de aseguramiento persigue una finalidad legítima (como lo es contribuir con la paz), lo cierto es que, en asuntos transicionales, la Corte Constitucional y la Corte Interamericana de Derechos Humanos, han determinado que el propósito de lograr la paz no es ilimitado.

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“Lo anterior, pues debe salvaguardarse la justicia y los derechos de las víctimas de graves violaciones de DDHH, lo que impide que actualmente se puedan otorgar beneficios excesivos a los máximos responsables de este tipo de conductas” afirmó la Sala.

La Sala señaló que se busca otorgar un beneficio ilimitado (la libertad), “sin contraprestación ni contención alguna, pese a la ausencia de contribución real con la verdad y la reparación de las víctimas por parte del postulado”.

“En la resolución en comento no hay ninguna precisión acerca del tiempo o lapso de la designación, lo cual es inadmisible porque envía un mensaje equivocado a las víctimas. Consiste en que su agresor, antes que asumir los compromisos que le impone el Sistema de Justicia y Paz derivados de sus múltiples conductas, y de que pesa en su contra una medida de aseguramiento de detención preventiva que debe cumplir para anticipar el cumplimiento de la pena, obtiene una desmedida contraprestación”, dice la determinación.

La Corte tampoco avaló los argumentos del postulado, según los cuales, este límite está dado por la culminación del conflicto armado o en tanto los grupos armados se desarmen pues consideró que se trata de una “meta vaga” y no hay clara fundamentación sobre cómo la eventual intervención del postulado “pueda llegar a ser determinante para contribuir con ese objetivo.

Los magistrados concluyeron afirmando que las dudas sobre el aporte efectivo de Mancuso se debe a que el exjefe paramilitar "ni siquiera cuenta con el respaldo de todos los grupos al margen con los que el Gobierno Nacional busca hacer la paz, ni se sabe cuál es la injerencia o ascendencia que podría tener con esas organizaciones, como así se adujo en las audiencias”.


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