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Llegó la ‘hora cero’ para definir futuro de objeciones a la JEP

Los magistrados debatirán las objeciones que presentó el presidente Duque y deberán tomar una decisión.

Publicado:
Actualizado:
Miércoles, Mayo 29, 2019 - 07:02
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP
La Sala de Definición de Situaciones Jurídicas de la JEP
Colprensa

La sala plena de la Corte Constitucional definirá este miércoles el futuro de las objeciones a los seis artículos por parte del presidente de la República, Iván Duque, a la ley estatutaria de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP).

Los magistrados debatirán las objeciones que presentó el actual Gobierno sobre ese tribunal especial y tomarán una decisión sobre si tumban o le dan luz verde a dichos reparos.

Hace varios días la sala plena de la Corte Constitucional decidió que las objeciones presidenciales a la ley estatutaria de la JEP, deberán ser estudiadas por el magistrado Antonio José Lizarazo, quien fue el ponente de la sentencia de 2018, que le dio vía libre a esa norma que reglamenta justicia transicional.

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Cabe mencionar que la Corte Constitucional tiene en su poder las pruebas que fueron remitidas por el Congreso de la República, las cuales había solicitado por medio de un auto, con relación a una lista de los senadores quienes no asistieron o se retiraron de las sesiones plenarias en las que se votaron las objeciones entre el 24 de abril y el 2 de mayo de 2019.

Ese tribunal también analizará la sentencia C 080 de 2018, en la cual hace referencia al quórum que debe haber en el Congreso para este tipo de casos.

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Esa sentencia señala que se debe descontar de la votación o el conteo, a quienes se les ha declarado la ‘silla vacía’. En este caso sería a los senadores Aída Merlano quién está privada de la libertad, e Iván Márquez quien nunca se posesionó.

Desde el Congreso señalaron que el presidente del Senado, Ernesto Macías, no restó esas curules del quórum cuando se votaron las ponencias sobre las objeciones a la JEP, bajo el argumento de que formalmente, no se declaró la silla vacía.

Por esto, aseguraba Macías que se necesitaba 48 votos para lograr la mayoría absoluta y aprobar o negar las objeciones. Cuando se votó la ponencia presentada por la oposición, el 30 de abril, solo lograron 47 votos.

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En ese sentido, el Senado de la República le solicitó a la Corte Constitucional, que determine si la votación que se presentó de 48 es mayoritaria para haber tomado una decisión sobre las objeciones.

Fuente:
Sistema Integrado de Información