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JEP: no habrá impunidad en casos de violaciones a menores

La presidenta de la JEP explicó que no se otorgarán amnistias ni indultos a los autores de estos delitos.

Publicado:
Actualizado:
Viernes, Agosto 17, 2018 - 19:58
Patricia Linares
Patricia Linares, presidenta de la JEP.
Foto: Colprensa

Tras la aprobación en la Corte Constitucional de la ley estatutaria de la JEP, la magistrada Patricia Linares, presidenta de esa Jurisdicción Especial para la Paz, manifestó su tranquilidad porque ya hay un marco normativo completo para que se despejen inquietudes respecto a su operación.

“Esa tranquilidad que tenemos hoy quienes hacemos parte de la jurisdicción, creo que es la misma tranquilidad que deben tener las víctimas, los propios comparecientes y la sociedad en general”, dijo Linares.

Además, la magistrada se refirió a la polémica que existe frente a las sanciones alternativas que se impondrán en la JEP a los responsables de delitos sexuales contra menores de edad. Casos que no irán a la justicia ordinaria como lo pedía el Congreso. 

La magistrada aseguró que no habrá impunidad en estos casos, porque no son delitos amnistiables. “Ninguna conducta al interior de la jurisdicción va a quedar impune. Estos son delitos no amnistiables, eso es muy importante destacarlo, luego, bajo ninguna circunstancia este tipo de conductas amerita tan ni amnistía ni renuncia a la persecución penal”, explicó Linares.

La Corte Constitucional mantuvo las penas alternativas para responsables de violencia sexual contra menores, al considerar que el Congreso no es competente para establecer sanciones distintas a las que ya fueron establecidas en el Acto Legislativo 01 del 2017.

De acuerdo con lo establecido en el este acto legislativo, fruto del acuerdo de paz, los procesados en la JEP por delitos no amnistiables podrán tener penas alternativas de entre cinco y ocho años de cárcel, siempre y cuando contribuyan plenamente a la verdad para las víctimas.

De lo contrario, la persona procesada iría a un juicio en el que se expone a penas de hasta 20 años de cárcel. 

Incluso, si el procesado incumplió con el compromiso y mintió o reincidió, puede ser expulsado de la JEP y su caso pasará automáticamente a la justicia ordinaria.

Fuente:
Sistema Integrado de Información