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Exgobernador de Arauca fue condenado por corrupción en contratos

El exgobernador de Arauca Julio Enrique Acosta deberá pagar una multa correspondiente a 92.18 salarios mínimos.

Publicado:
Actualizado:
Miércoles, Noviembre 8, 2023 - 13:37
Exgobernador de Arauca  Julio Enrique Acosta
Colprensa

La Corte Suprema de Justicia condenó al exgobernador de Arauca Julio Enrique Acosta Bernal a una pena de seis años y tres meses de prisión por el delito de contrato sin cumplimiento de requisitos legales. 

Los hechos por los cuales el tribunal condenó al exmandatario departamental tienen que ver con un contrato de interventoría externa, el cual tramitó y celebró el 30 de diciembre de 2005, con un particular sin verificar el cumplimiento de los requisitos legales. 

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El objeto de esa interventoría era supervisar y controlar un contrato de prestación de servicios, cuyo objetivo era implementar la Cátedra Regional en las Unidades Educativas del Departamento de Arauca.

Según explica la sentencia, este contrato fue suscrito a pesar de que en dicho contrato se estipuló que su supervisión estaría a cargo del Secretario de Educación del Departamento o su delgado.

En el documento, con ponencia del magistrado Jorge Emilio Caldas, se menciona que por medio del material probatorio, la Sala de Primera Instancia constató que Acosta vulneró los principios de contratación de manera consciente y voluntaria. 

"No se contó previamente con la existencia de los estudios de conveniencia y oportunidad que demostraran la descripción del problema, necesidad de contratar una consultoría externa, el tipo de contrato, los recursos a tener en cuenta, las consideraciones técnicas, la idoneidad del contratista para ejecutar la labor y los posibles riesgos”, dice el fallo. 

Además mencionan que con estos estudios previos eran fundamentales para determinar por qué la entidad departamental no estaba en condiciones de supervisar el contrato de prestación de servicios y debía celebrarse una contratación externa. 

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Finalmente, Acosta fue inhabilitado para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un lapso de 83 meses y 18 días; y condenado al pago de una multa correspondiente a 92.18 salarios mínimos, pero el tribunal concedió el beneficio de casa por cárcel. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información