Esposa y suegra del exgobernador Hugo Aguilar no fueron acreditadas como víctimas por la JEP

En la solicitud, se argumenta que han sido afectadas por las decisiones de la justicia penal ordinaria en contra del exgobernador.
Hugo Aguilar, ex gobernador de Santander
Hugo Aguilar, ex gobernador de Santander, llegando a los juzgados de Paloquemao en febrero de 2018. Crédito: Colprensa

La Sección de Apelación de la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) dejó en firme la decisión de la Sala de Definición de Situaciones Jurídicas que negó la solicitud de acreditación de Socorro Carreño y Mónica María Becerra como víctimas en el trámite de sometimiento del exgobernador de Santander, Hugo Aguilar.

La JEP concluyó que las acciones identificadas como victimizantes y los daños descritos por Socorro Carreño Miranda y Mónica María Barrera Carreño carecen de cualquier vínculo con el conflicto armado.

En la solicitud, se argumenta que han sido afectadas por las decisiones de la justicia penal ordinaria en contra del exgobernador de Santander, en sus calidades de suegra y esposa de Aguilar en atención a que son acusadas de enriquecimiento ilícito y lavado de activos.

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Sin embargo, los magistrados indicaron que "el conflicto armado no ha sido fuente directa o indirecta de ninguno de los procesos y los consecuentes padecimientos que han vivido".

Así mismo, la Sección de Apelación señaló: "Las circunstancias en las que a Carreño Miranda y Barrera Carreño se les han negado créditos bancarios o se les han cancelado negocios, además de las penurias de salud, económicas o emocionales que describieron a raíz de las investigaciones penales en su contra, son del todo ajenas al conflicto armado y se originan en situaciones personales y familiares alejadas de hechos cuyo conocimiento sea competencia de la JEP".

Los magistrados manifestaron que esta petición marca distancia con el trámite que actualmente surte el exgobernador Hugo Aguilar, quien solicitó someterse como compareciente voluntario en relación con su condena por el delito de concierto para delinquir con la finalidad de promover grupos paramilitares y las investigaciones que se le siguen por peculado, prevaricato y enriquecimiento ilícito.

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En su determinación, la Sección de Apelación considera que Carreño Miranda y Barrera Carreño no son víctimas del delito por el que se condenó a Aguilar y recordó que, por el contrario, han sido acusadas de haberse enriquecido ilícitamente y de coadyuvar para el blanqueamiento de capitales provenientes de actividades delictivas.


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