Demandan elección de magistrado que no se posesionó ante Petro

El demandante reclama una supuesta violación a la equidad de género en la Corte Suprema de Justicia.
Mazo justicia
Karol G, Maluma y J Balvin enfrentan líos legales por la canción 57, que generó rechazo en Colombia por su contenido controversial. Crédito: Camila Díaz-RCN Radio

Una demanda busca tumbar la elección del magistrado de la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia José Joaquín Urbano, el magistrado que no se posesionó ante el presidente Gustavo Petro sino ante la Sala Plena ante el magistrado Gerson Chaverra.

El Consejo de Estado admitió la demanda en la que se alega que no hay equidad de género en la Corte Suprema pues recordó en la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, se estableció que al interior de las altas cortes debe haber equidad y paridad de género.

“Incumplió el deber que le impone la Constitución y la reforma a la Ley Estatutaria de Administración de Justicia en el entendido dado por la Corte Constitucional, según la cual incluso en la etapa de selección de magistrados, debe alcanzarse la equidad de género y la paridad al interior de las altas cortes de manera gradual y paulatinamente”, dice el documento.

El demandante reclama que históricamente ha existido una subrepresentación de más mujeres en la Sala Penal, pues explicó que en lo que lleva existiendo esa sala, solamente ha habido cuatro magistradas integrando esa corporación y en ninguna ocasión fueron funcionarias judiciales desempeñándose en el cargo en momentos simultáneos.

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“La subrepresentación de las mujeres en la Corte Suprema de Justicia ha sido un patrón persistente, especialmente en la Sala de Casación Penal, que sólo ha contado con cuatro (4) magistradas en toda su historia y nunca ha tenido dos mujeres al mismo tiempo”, afirma el auto que admitió la demanda.

Además el demandante resaltó que en la sentencia de la Corte Constitucional en la revisión de la Ley Estatutaria de Administración de Justicia, se mantuvo en firme el artículo que establecía que las cortes deben tener paridad de género.

“Que en la selección de integrantes del Consejo de Estado y la Corte Suprema de Justicia se aplicará también el criterio de equilibrio entre quienes provienen del ejercicio profesional, de la Rama Judicial y de la academia, consagrado en el artículo 231 de la Constitución; y que el criterio de equidad de género implicará asegurar por lo menos la paridad entre hombres y mujeres en la conformación de las respectivas corporaciones”, concluye el recurso.

El Consejo de Estado admitió el estudio de la demanda y ahora espera a que las partes se pronuncien sobre los argumentos que expuso el accionante.


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