Breadcrumb node

Corte tumbó la facultad que tenía el Gobierno de regular el modelo de las franquicias

Esa posibilidad estaba en uno de los artículos de la ‘Ley de Emprendimiento en Colombia’ (ley 2069) sancionada en el 2020.

Publicado:
Actualizado:
Jueves, Junio 2, 2022 - 21:52
Corte Constitucional
Corte Constitucional
Colprensa

La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó la facultad que tenía el Gobierno de regular el modelo de las franquicias, que se había entendido como una alternativa para emprender y expandir las pequeñas y medianas empresas. 

Esa posibilidad estaba en uno de los artículos de la ‘Ley de Emprendimiento en Colombia’ (ley 2069) sancionada en el 2020, que la Corte ya dejó sin efectos. 

Le puede interesar: Capturan a policía que se habría apropiado de $40 millones que fueron incautados en un operativo

La norma establecía que el Gobierno podía reglamentar condiciones “técnicas que definen la franquicia, las obligaciones y el régimen de responsabilidad del franquiciante y el franquiciado, a que haya lugar”. 

Sin embargo, la Corte concluyó que esa facultad era inconstitucional ya que el Congreso dejó en manos del Gobierno todas las facultades respecto a esa ley, lo que podría llevar - según las Corte- a la falta de vigilancia y control sobre la misma 

“Delegó la tarea de definir sus aspectos centrales al Gobierno Nacional. Ese modo de proceder, reiteró la Sala, no solo afecta las posibilidades futuras de que el legislador se ocupe de ella, sino que priva a esta Corporación de la posibilidad de controlar una materia legislativa”, dijo la Corte. 

Así mismo, en su decisión añadió que “el legislador no fijó marco alguno que orientara su actividad. Conforme a ello el reglamento termina por convertirse en una fuente autónoma de obligaciones”. 

Lea también: Corte Suprema desestimó demandas contra Gustavo Petro por supuesta invitación a la compra de votos

El comunicado de la Corte explica además, que esa norma era “una medida de intervención económica que pretende, mediante la regulación del contrato atípico de franquicia, delimitar la libertad de empresa y, en particular, la libertad de contratación que a ella se adscribe”.

Cabe resaltar que la decisión de la Corte se tomó con ponencia del magistrado José Fernando Reyes. 

Fuente:
Sistema integrado de información