Corte Suprema asegura que pobreza no es motivo para separar a niños de padres

Una madre presentó una tutela manifestando que tenía la voluntad de mejorar su calidad de vida.
niños adulto
Crédito: AFP

La Sala Civil de la Corte Suprema de Justicia determinó que la situación de pobreza no es motivo suficiente para que los niños sean separados de sus padres por parte de los organismos que velan por su bienestar y cuidado.

Para el alto tribunal, deben tenerse en cuenta, al momento de tomar una decisión de esta naturaleza, diferentes factores familiares, económicos y sociales.

Lea además: Fiscalía decide investigar declaraciones que Aida Merlano dio en Venezuela

El pronunciamiento se hizo al resolver una acción de tutela presentada por una madre a quien le quitaron sus dos hijos por orden del Juzgado Promiscuo de Familia de Villeta (Cundinamarca) por la situación de pobreza en la que vivía.

Para la madre, con esa acción se le estaban vulnerando sus derechos fundamentales a la igualdad y a tener una familia y no ser separada de ella. Por esto, pedía que le regresaran sus hijos, indicando que estaba haciendo todo lo posible por brindarles una mejor calidad de vida y futuro.

En el análisis jurídico, la Corte Suprema determinó que en el caso en cuestión se había presentado una decisión arbitraria, esto debido a que nunca se revisó de manera concienzuda la situación de la familia y tampoco se comprobó si otros integrantes del grupo familiar tenían las capacidades para estar con los dos menores de edad.

Lea también: Comisión de Acusación evalúa tramitar denuncia contra Duque por caso Merlano

“En el trámite del aludido procedimiento se omitió vincular a la familia extensa materna, a efectos de vislumbrar la posibilidad de que los niños puedan permanecer su familia, esto es, conocer de primera mano la situación socioeconómica de aquellos familiares y si existe voluntad de hacerse cargo o no de los mismos”, precisa uno de los apartes de la decisión.

En este punto se advierte que el hecho de arrebatarle a una madre el cuidado de sus hijos debe ser analizado con mucho cuidado, revisando toda la situación y verificando que esta acción sea la más extrema, esto debido a que la ley siempre va a exigir proteger de todo mal y peligro a los menores de edad.

La Sala manifestó que el juzgado se centró en situaciones ajenas al caso, incurriendo en un cuestionamiento severo de la madre y su pasado, sin tener en cuenta las acciones que estaba desarrollando para ayudar a su familia y cooperar con el beneficio de todos los integrantes de la misma.

Le puede interesar: Corte Suprema revive proceso por los bienes de alias ‘Rasguño’

“Las decisiones criticadas se centraron en censurar, con bastante inclemencia, para usar un vocablo eufemístico, no solo el pasado de la accionante en cuanto a su sexualidad, sino el número de hijos que afronta (…) a más de la situación de pobreza que afronta, escenarios a partir de los cuales las referidas autoridades concluyeron que la gestora del amparo no tenía las condiciones socioeconómicas idóneas para brindarle a sus hijos un debido entorno que les garantice un desarrollo integral”, reseña.

El alto tribunal recordó que la ley colombiana establece claramente que los niños, niñas y adolescentes solamente podrán ser separados de su familia cuando no se les garanticen las condiciones para la realización y el ejercicio de sus derechos conforme a lo previsto: “en ningún caso la condición económica de la familia podrá dar lugar a la separación”.

“No se valoró, en debida forma, los esfuerzos realizados por aquella para lograr aquel objetivo, cuyas pruebas estaban presentes tanto en el trámite administrativo como el judicial, pues a más que no se realizó ningún intento por verificar la información que contenían, las mismas fueron estimadas bajo perjuicios y alejadas de las posibilidades y condiciones que en estos momentos la tutelante puede lograr”, manifestó.

Para la Corte, además de omitir las pruebas presentadas por la madre, se presentó un tono de burla cuando se hizo referencia a las actividades que ella estaba realizando (trabajar en un puesto de comidas rápidas) a la hora de sacar a su familia adelante. “Lo cual no tiene justificación constitucional, máxime cuando se trata de una persona víctima del desplazamiento”.

En noticias judiciales: Exfiscal Hilda Niño pidió perdón por recibir sobornos para beneficiar a exparamilitares

En general, la Corte Suprema advierte por la falta de argumentos en la decisión del juez de familia y en las fallas que se presentaron al no evaluar el caso de manera definida. En este punto se reseña que se tomó la decisión más fácil en el papel, ignorando desde cualquier punto de vista la situación de los menores y de su madre.

“No entiende la Corte por qué si a la señora se le cuestionó su situación socioeconómica y su falta de conciencia y responsabilidad frente al cuidado de sus hijos, nunca se le brindó desde el inicio del trámite apoyo psicosocial, acompañado de algún tipo de vinculación a un programa de asistencia del ICBF, que ayudaba a superar tales aspectos, y por el contrario, se le restringió el contacto con sus niños y su retorno a su hogar bajo el cumplimiento de unas condiciones que se esforzó en atender según sus medios”, concluye el fallo.


Temas relacionados

Orden de detención

Juez envía nuevamente a prisión a Digno Palomino, cabecilla criminal de ‘Los Pepes’

El juez revocó la detención domiciliaria que había obtenido en septiembre por 17 homicidios en el área metropolitana de Barranquilla.
Palomino Rodríguez es investigado por los delitos de homicidio agravado, concierto para delinquir y porte ilegal de armas.



Crisis climática en Córdoba: ella es la oficial del Ejército que lidera labores de rescate en San Pelayo

De acuerdo con la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo, más de 17.000 familias han resultado afectadas en 17 municipios de Córdoba.

Fue capturado en Montes de María alias “Ayapel”, señalado cabecilla del Clan del Golfo

En área rural de Montes de María, detuvieron a un presunto enlace criminal que operaba rutas ilegales y apoyo armado; fue judicializado.

“No hubo ninguna violación de topes”: Abogado de Ricardo Roa asegura que la defensa no interfiere con su rol en Ecopetrol

abogado ricardo roa asegura que seguira ejerciendo su cargo en ecopetrol

Estas son las alertas por lluvias y posibles inundaciones que se mantienen en Colombia para febrero y marzo

alertas de lluvias posibles inundaciones se mantienen para febrero y marzo

Corte estudiará petición de Presidencia de levantar suspensión a decretos de emergencia

Gustavo Petro Corte Constitucional

Las seis de las 6 con Juan Lozano | martes 10 de febrero de 2026

Las Seis de Las 6 con Juan Lozano

🔴 EN VIVO | Noticiero La FM - 10 de febrero de 2026

Noticiero La FM - 6 de enero de 2026

“Voy a expedir el mismo día 90 decretos”: esto haría De la Espriella en su primer día como presidente

De la Espriella explica su lectura de las encuestas y sus planes de gobierno.

Luis Díaz: ¿Es el mejor jugador en la historia reciente de Colombia?

Luis Díaz pasa por un buen momento futbolístico, ¿ya es mejor que James y Falcao?

Fiscalía imputa cargos a Ricardo Roa por violación de topes en campaña presidencial de Petro

La Fiscalía anunció imputación de cargos contra Ricardo Roa, presidente de Ecopetrol.

¿Debe continuar el Pacto Histórico en el Gobierno? Así fue el debate con el Nuevo Liberalismo en Rounds FM

pacto historico debe continuar en el gobierno debate rounds fm

Así quedará la lista del Pacto Histórico, luego de cambios ordenados por el CNE

pacto historico asi queda la lista luego de cambios ordenados por cne