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Corte niega habeas corpus a presunto coordinador de finanzas del Clan del Golfo

Marlon Alzate busca su libertad por vencimiento de términos y debe esperar a que su solicitud se resuelva en segunda instancia

Publicado:
Actualizado:
Martes, Enero 26, 2021 - 19:31
Corte Constitucional y Corte Suprema de Justicia
Colprensa

La Corte Suprema de Justicia negó un recurso de habeas corpus con el cual el presunto coordinador de finanzas del Clan del Golfo en Cartagena, Marlon Alzate alias ‘el Marlon’ pretendía salir en libertad.

Alzate es procesado por los delitos de concierto agravado, homicidio, fabricación, trafico y porte de armas de fuego, amenaza a testigo y extorsión agravada en calidad de miembro de una organización ilegal.

Él sindicado acudió al habeas corpus porque en agosto del año pasado,  un juez le negó la solicitud de libertad por vencimiento de términos y la revisión en segunda instancia de esa decisión aún esta pendiente.

“La medida de aseguramiento fue dictada el 06 de junio de 2019, lo que significa que al 6 de junio del presente año (2020) se ha superado con creces ese límite máximo”, dijo el abogado de alias ‘el Marlon’.

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Según lo que dijo el juzgado quinto penal del circuito de Cartagena, la audiencia para revisar esa decisión en primera instancia no podía llevarse a cabo porque: “no era audible la sustentación de los recursos y así pidió repetirla".

Ante eso, alias ‘el Marlon’ junto con su abogado, presentaron el habeas corpus porque para él ya se vencieron los términos que impone la ley para mantenerlo detenido.

“Se ha tornado ineficaz la espera para la decisión (…) el sendero del habeas corpus quien lo decida en protección a las garantías constitucionales que hoy se maltratan por fallas del Estado”, dijo el abogado de alias ‘el Marlon’

Al revisar las peticiones, una magistrada de la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena, negó el recurso al considerar que no podía saltarse los procedimientos comunes para pedir la libertad por vencimiento de términos.

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El caso llegó a la Corte que recordó que el habeas corpus no puede usarse para: “sustituir los procedimientos judiciales comunes dentro de los cuales deben formularse las peticiones de libertad, ii) reemplazar los recursos ordinarios de reposición y apelación establecidos como mecanismos legales idóneos para impugnar las decisiones que interfieren el derecho”.

Por esa razón, la Corte le dijo a alias ‘el Marlon’ que debía esperar a que se resuelva la segunda instancia de la petición de libertad por vencimiento de términos, además, ordenó que se vuelva a realizar la audiencia para que los audios queden en perfecto estado y se pueda decidir de fondo.  

“Se le exhortará para que, de manera urgente, en coordinación con la juez de control de garantías de primera instancia, adopten las medidas necesarias en aras de conjurar la situación que dificulta la emisión del proveído de segundo grado que le corresponde adoptar y en el menor tiempo posible sea emitido aquel”, concluye el fallo. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información