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Corte hizo un llamado al Congreso para emitir una ley que regule el alquiler de vientres

En ese sentido, le dio seis meses de plazo al gobierno del presidente Gustavo Petro para presentar la iniciativa.

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Actualizado:
Lunes, Septiembre 5, 2022 - 21:53
Radican proyecto de ley que busca prohibir el alquiler de vientres en Colombia
LA FM

La Corte Constitucional hizo un llamado de urgencia al Congreso para que emita una ley que regule todo lo relacionado con los vientres de alquiler. En ese sentido, le dio seis meses de plazo al gobierno del presidente Gustavo Petro para presentar la iniciativa.

Para la Corte, ha existido una “ausencia de voluntad”, por parte del Congreso, para regular el tema, al descubrir que desde 1998 se han presentado iniciativas legislativas para acabar con el vacío jurídico, que han quedado en el archivo.

La Corte advirtió que no hay claridad sobre el número de semanas de licencia maternidad a las que tienen derecho tanto la persona que da a luz, como la que va a ser de mamá del bebe que nace.

Los llamados se dieron al fallar una tutela a favor de un hombre que alquiló un vientre para ser papá, pero su EPS no le reconoció el tiempo completo de licencia de maternidad y sí lo hizo para la mujer que tuvo el bebé.

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La Corte concluyó que en ese tipo de casos, la mujer que alguilla su vientre tiene derecho a una incapacidad médica, pero no a licencia de maternidad, a ese número de días solamente tiene derecho la persona que va a cumplir el rol de padre o madre.

En el caso concreto, la Corte ordenó sustituir la licencia de maternidad que se le reconoció a la mujer que tuvo el bebe por una incapacidad medica de siete semanas, teniendo en cuenta que la mujer tiene derecho a recuperarse del parto y teniendo en cuenta que en ella no confluyeron las condiciones de haber dado a luz y ser madre.

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Ese tiempo de incapacidad debe comprender una semana antes del parto, como una medida de protección a la mujer y al que está por nacer.

La Corte ordenó que la EPS Sanitas deberá asumir el valor de ese auxilio y, en consecuencia, devolver a la Administradora de los Recursos del Sistema General de Seguridad Social en Salud (Adres) la suma correspondiente a siete semanas de incapacidad que inicialmente esta entidad reembolsó a la EPS, por concepto de licencia de maternidad.

Así mismo, se ordenó que en 48 horas, se reconozca la totalidad de semanas de licencia de maternidad al hombre que alquiló el vientre y ahora es papá.

“Las licencias de maternidad y paternidad tienen como finalidad principal construir un vínculo filial entre el hijo o hija y su madre y/o padre. En ese sentido, la convivencia que se ha dado hasta el momento entre el señor y su hija no suple la necesidad de un tiempo exclusivo para construir la relación de apego entre el padre y su hija, previsto por el legislador cuando reguló las licencias de maternidad y paternidad”, dijo la Corte.

Fuente:
Sistema Integrado de Información