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Corte debatirá ley que podría afectar a Petro por deudas fiscales

La ley fija la inhabilidad a servidores públicos que tengan condenas económicas.

Publicado:
Actualizado:
Martes, Octubre 23, 2018 - 18:39
Gustavo Petro, presidente electo de Colombia
Gustavo Petro, presidente electo de Colombia.
AFP

La Sala Plena de la Corte Constitucional iniciará la discusión sobre las inhabilidades que tendrían servidores públicos que hayan sido sancionados fiscalmente. El fallo de fondo en este caso podría afectar al senador Gustavo Petro quien fue sancionado por la Contraloría General. 

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El alto tribunal estudiará una demanda presentada en contra de los alcances de la ley 734 de 2002 que establece que dicha inhabilidad cesará cuando el responsable haya pagado la deuda a la Contraloria “o, si éste no fuere procedente, cuando la Contraloría excluya al responsable del boletín de responsables fiscales”. 

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En ese sentido, Petro ha recibido varias sanciones por parte de la Contraloria Distrital. En un caso fue multado por 200 mil millones de pesos impuesta por ordenar la reducción de los pasajes de TransMilenio en horas Valle. 

Dicha sanción fiscal actualmente se encuentra suspendida por cuenta de una medida cautelar impuesta por el Tribunal Administrativo de Cundinamarca, mientras se toma decisión de fondo. 

Fuentes de la Corte Constitucional señalan que podría existir una mayoría de cinco magistrados que voten a favor de declarar excequibilidad a la norma, es decir no tener en cuenta la demanda y dejar la ley tal como se encuentra. 

Sin embargo, expertos constitucionalistas como Juan Manuel Charry señalan que Petro no entraría en ese grupo de servidores públicos posiblemente inhabilitados

“Se ha entendido que las inhabilidades de congresistas son solo las contenidas en la Constitución, de manera que cuando se trata de una inhabilidad legal, esta no sería aplicable al régimen de congresistas”, señaló Charry. 

El estudio de la demanda le correspondió al despacho de la magistrada Gloria Ortiz, quien ya presentó un borrador de sentencia. La Sala Plena tiene plazo hasta el 2 de noviembre para emitir un fallo de fondo. 

Fuente:
Sistema Integrado de Información